Fundación para la Libertad de Prensa - FLIP

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El 29 de enero de 2019, el Juzgado Cuarto del Circuito de Cartagena confirmó la sanción por desacato de cinco días de arresto y multa de cinco salarios mínimos en contra de Lucio Torres, periodista de Vox Populi. El juzgado confirmó la decisión de desacato del Juez Décimo Penal de Control de Garantías de Cartagena en el proceso de tutela iniciado por el pastor Miguel Arrázola en contra del periodista.

Lucio Torres publicó tres notas entre 2016 y 2017 en las que cuestionó las finanzas del pastor Arrázola y denunció las posteriores intimidaciones del mismo. En aquella ocasión, durante la prédica “Noches de milagro”, el líder evangélico afirmó: “Dale gracias a Dios que soy nacido nuevo. Tengo el Espíritu Santo y Jesucristo en mi corazón, porque hace rato estuvieras en la Ciénaga de la Virgen, metido ahí”, haciendo referencia a un lugar de Cartagena donde frecuentemente se encuentran cuerpos sin vida. Arrázola también sostuvo “yo tengo unos manes tabluos aquí, yo te puedo hacer la vuelta” haciendo referencia a una publicación de Torres en la que hablaba del salario del pastor. A pesar de que el periodista realizó una denuncia formal en la Fiscalía en contra de Arrázola, la investigación no prosperó.

A raíz de las publicaciones del periodista, Arrázola interpuso una acción de tutela alegando la violación de su derecho al buen nombre y a la libertad de culto. La tutela fue fallada a favor del pastor y se ordenó al periodista a rectificar y pedir disculpas. Sin embargo, el periodista se negó a rectificar e impugnó la sentencia, dado que confía en la veracidad de sus publicaciones. Arrázola presentó un incidente de desacato, el cual fue decidido y confirmado antes de la sentencia de segunda instancia, ordenándose la detención del periodista.

A la FLIP le preocupa especialmente que se tomen medidas drásticas como el arresto en contra de periodistas. Esta situación genera un ambiente adverso para la libertad de prensa, pues inhibe a los periodistas de hacer denuncias públicas y crea antecedentes funestos para el derecho a la información y para la democracia.

El periodista Lucio Torres ha enfrentado distintas formas de censura. En 2018 tuvo que cambiar de residencia tras ser víctima del ataque de dos hombres armados y de múltiples amenazas de muerte. Además, solo en 2018, enfrentó ocho procesos judiciales en su contra. La difícil situación del periodista lo llevó a enviar una carta al Defensor del Pueblo, Carlos Negret, en la que anunció que los cinco días que pasará privado de la libertad serán el punto final a su carrera de 38 años como periodista.

Esta situación de continuas presiones externas, sumada a la orden de un juez de sancionarlo con cinco días en prisión, llevaron a Lucio Torres a tomar la decisión de dejar de ejercer su derecho a la libertad de expresión. En esta ocasión el acoso judicial y la violencia silenciaron a un periodista colombiano.

La FLIP hace un llamado a las autoridades judiciales del país para que respeten los estándares interamericanos de libertad de expresión y a las figuras públicas para que asuman con responsabilidad sus deber de especial tolerancia respecto a la crítica y la veeduría de medios y ciudadanía.

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La Fundación para la Libertad de Prensa –FLIP– rechaza la exclusión de la que fueron víctimas periodistas locales en Cúcuta, Norte de Santander, durante el traslado de seis capturados por su presunta participación en el secuestro del  hijo del alcalde del municipio de El Carmen, Catatumbo, Norte de Santander.

Este 21 de noviembre, el presidente Iván Duque anunció en su cuenta de Twitter la captura de los supuestos implicados en el secuestro del menor el pasado 3 de octubre. La captura se realizó en el departamento del Cesar, desde donde fueron trasladados a Cúcuta. Varios periodistas reportaron a la FLIP que, tan pronto conocieron de la captura, se comunicaron con miembros de la Policía del departamento de Norte de Santander y de la Regional 5 para conocer los detalles del operativo, pero les respondieron que el asunto se estaba manejando desde Bogotá y que en ese momento no se iba a entregar información a los medios. Lo anterior terminó afectando la reportería de los medios locales quienes no tuvieron acceso a información y material sobre la captura.

Sin embargo, los tres periodistas con los que se comunicó la FLIP aseguran que horas después en el noticiero de la noche de un medio nacional se publicaron imágenes de la captura y el traslado que fueron proporcionadas por la Policía Nacional y la Fiscalía y a las que no tuvieron acceso los medios locales. Además, los periodistas afirman que esta no es la primera vez que la Policía le niega información a los medios locales sobre asuntos de interés general para privilegiar a algunos medios nacionales.

La FLIP se comunicó con el intendente Capacho, jefe de comunicaciones estratégicas del departamento de Norte de Santander, con el intendente Cita, jefe de comunicaciones de la Regional 5 de la Policía, y con el intendente Londoño, miembro del Gaula de la Policía en Bogotá, para conocer su posición al respecto. Los tres negaron que se haya privilegiado a los medios nacionales y coincidieron en que la orden del General de la Policía Jorge Hernando Nieto Rojas era la de enviar toda la información a Bogotá para que desde allí se distribuyera al resto del país.

La Fundación expresa su preocupación por estos hechos ya que impedir que los medios locales accedan a información que es relevante para sus comunidades conlleva a la discriminación del trabajo periodístico que se realiza en las regiones.

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Las organizaciones Artículo 19, Círculo de Periodistas de Bogotá, Comité para la Protección de Periodistas (CPJ), Fecolper, International Media Support (IMS), Reporteros Sin Fronteras y la Fundación para la Libertad de Prensa manifiestan su preocupación por el ambiente hostil en contra de Noticias Uno y su directora Cecilia Orozco. 

Frente a esta situación, las organizaciones publicaron un comunicado conjunto con algunas consideraciones.

Lea aquí el comunicado.

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La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación por las reiteradas violaciones a la libertad de prensa de las que han sido víctimas periodistas que cubren el fútbol profesional colombiano. En lo que va corrido del año, la FLIP ha conocido ocho casos en los que la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor) y el Club Atlético Bucaramanga han censurado a la prensa.

Atlético Bucaramanga, uno de los principales censores de la prensa deportiva

La FLIP tuvo conocimiento de que el Club Atlético Bucaramanga prohibió a los periodistas del programa radial El Combo de Charles, dirigido por el periodista Édgar Figueroa, el acceso a los eventos deportivos organizados por el equipo. En un comunicado publicado el 21 de junio en las redes sociales del Bucaramanga, las directivas del equipo declararon persona no grata a “Carlos Edgar Figueroa Mendoza y su equipo de trabajo por las reiteradas ofensas a la institución y las incitaciones a la violencia”. Además, señalaron que “se les restringe el ingreso a cualquiera de los eventos deportivos realizados por el Club Atlético Bucaramanga, incluyendo ruedas de prensa”.

Figueroa negó que hubiera incitado a la violencia y por el contrario, aseguró que esta decisión se produjo luego de que los periodistas de El Combo de Charles hicieran críticas a la administración y al rendimiento que había teniendo el club.

El caso del Combo de Charles no es único caso de violación a la libertad de prensa en el que se ha visto involucrado el Atlético Bucaramanga. El 23 de octubre, el club publicó un boletín en el que anunció a los medios de comunicación que se les permitiría el ingreso al entrenamiento de ese día. Sin embargo, el comunicado aclaraba “no pueden sacar imágenes donde aparezca el profesor Flabio Torres  por cuestiones que todos conocemos”. Flabio Torres se encuentra inhabilitado para dirigir desde la zona del juego al cuadro leopardo, debido a que el técnico dirigió al Deportivo Pasto en las tres primeras fechas de la Liga Águila 2018- II.

La Fundación se intentó comunicar con Fernando Rivera, jefe de prensa del equipo, para conocer las razones por las que el club tomó esta determinación, pero no hubo ninguna respuesta.

Dimayor: más casos de obstrucción

La FLIP tuvo conocimiento de que el 6 de noviembre el periodista John Jolmes Cardona de La Crónica del Quindío fue víctima de una obstrucción al trabajo periodístico. El reportero se encontraba cubriendo el partido entre el Deportes Quindío y el Deportivo Pereira e intentó tomar fotografías de un incidente que se presentó en una de las tribunas del estadio Centenario. Sin embargo, el periodista manifiesta que el comisario de campo de la Dimayor, Juan Guillermo Salgado, se le acercó y le dijo que no podía estar ahí, ni podía tomar fotos y que se tenía que retirar o le sería suspendida la acreditación.

Cardona, que tenía el chaleco que lo identificaba como periodista de La Crónica del Quindío, único medio impreso de la ciudad de Armenia, decidió retirarse sin tomar ninguna fotografía tras la presión e insistencia de Salgado.

Después de esto, el 9 de noviembre el periodista recibió un correo de la Dimayor diciéndole que le había sido “retirada la acreditación por ingresar al terreno de juego, violando de esta forma el protocolo de medios y falta de respeto ante un funcionario DIMAYOR”.

Frente a esto, el jefe de prensa de la Dimayor, Carlos Lajud, aseguró que el funcionario de la Dimayor le dijo al periodista que no podía entrar a la cancha pues, según el Protocolo para medios de comunicación acreditados de la Dimayor, los periodistas tienen acceso a la zona de juego, pero no al campo de juego. Sin embargo, el periodista manifiesta que, además de solicitarle que se retirará, el delegado intentó quitarle la cámara en varias ocasiones, exigiendo que borrara las fotografías que supuestamente había tomado.

Otro caso de censura en el que está involucrada la Dimayor se presentó el 22 de abril cuando la principal autoridad del Fútbol Profesional Colombiano le notificó a Caracol Radio que la credencial del periodista Luis Anaya había sido suspendida. Esta decisión se dio después de que el periodista publicara en sus redes sociales una fotografía en la que sostenía un cartel que decía: “Ya Cartagena se mamó: ¡No más Rendón! Hoy los hinchas entregan estos afiches en el estadio. @RealCartagena”.  En alusión a Rodrigo Rendón, presidente del equipo.

Otro periodista que ha visto vulnerados sus derechos por funcionarios de la Dimayor es Fredy Arango, fotógrafo del diario La Patria en Manizales, quien el 19 de marzo de 2018 cubría el partido entre el deportivo Once Caldas y Águilas de Rionegro, en el estadio Palogrande de Manizales. El encuentro se retrasó por las fuertes lluvias que obligaron a drenar la gramilla del estadio y el periodista Arango publicó fotos de este procedimiento en las redes sociales del periódico La Patria.

El comisario de la Dimayor que se encontraba en el estadio se acercó a Arango y le dijo que debía eliminar las fotos que había publicado argumentando, sin razón, que sólo estaba permitido tomar fotos del partido y que esto no incluye los demás situaciones que ocurran por fuera de este encuentro. El comisario, además, amenazó con quitarle la credencial si no borraba las fotografías.

Sobre este caso, el jefe de prensa de la Dimayor manifestó que el periodista tomó videos a la cancha y que esto no está permitido argumentando que el fútbol colombiano es un espectáculo privado y los derechos de “lo que ocurre en los escenarios deportivos” son de los canales licenciatarios.

Sin embargo, la Fundación para la Libertad de Prensa expresa su preocupación por este tipo de decisiones de Dimayor, debido a que los derechos de transmisión de los partidos no pueden convertirse en una excusa para censurar a la prensa. Si bien es cierto que los reporteros deben respetar los derechos para la transmisión de los partidos, esto no significa que no puedan hacer cubrimiento de hechos de interés general que suceden en los escenarios deportivos.

Frente a lo anterior, la FLIP considera que las decisiones de retirar las acreditaciones de los periodistas resultan desproporcionadas. Es necesario recordar que la Corte Constitucional estableció en la sentencia T-498 de 1994, que “Los clubes deportivos son organismos de derecho privado que cumplen funciones de interés público y social”. Lo anterior, implica que existe un deber de garantizar acceso y transparencia para la ciudadanía. Es por eso que es problemático que se excluya del cubrimiento de todo lo que rodea al evento deportivo a un medio, pues se afecta la pluralidad de información y opinión que se debe garantizar toda sociedad democrática.

Teniendo en cuenta  lo anterior, la FLIP le hace un llamado a la Dimayor para que reconsidere las sanciones interpuestas a los periodistas y para que se generen protocolos que cumplan con los estándares internacionales de la libertad de prensa. La Dimayor, como máxima autoridad del Fútbol Profesional Colombiano, tiene la responsabilidad de garantizar el cubrimiento periodístico de los eventos deportivos, que son de alto interés público.

La FLIP considera necesario que existan garantías por parte de las directivas del club Atlético Bucaramanga, para que los medios de comunicación puedan informar sobre las gestiones de la institución. El estadio Alfonso López, en el que el Bucaramanga juega como local, es propiedad de la alcaldía y la seguridad en los estadios es responsabilidad de los miembros de la Policía Nacional, quienes juegan un rol de funcionarios públicos. Esta contribución del sector público acentúa la necesidad de cubrimiento y la veeduría que deben hacer los medios de comunicación frente las gestiones de los clubes del Fútbol Profesional Colombiano y su desempeño en los torneos.

De acuerdo a lo anterior, la FLIP le hace un llamado tanto a la Dimayor como a los clubes tomen las medidas necesarias para que, durante las instancias finales de la liga, se garantice el cubrimiento periodístico con el fin de que los ciudadanos puedan recibir información oportuna sobre los espectáculos deportivo.


Actualización

El periodista John Jolmes Cardona conoció este 15 de noviembre una carta en la que la Dimayor le anuncia al Deportes Quindío la decisión de suspender la acreditación del periodista por lo que queda de este año y no renovarla para el 2019. 

La FLIP rechaza esta decisión de la Dimayor pues considera que se trata de una sanción unilateral contra un periodista, fruto de un proceso en el que Cardona no fue escuchado. Además, la sanción impuesta es desproporcionada respecto a la conducta que supuestamente cometió el periodista.

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W Radio dio a conocer la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) interponga acciones penales en contra de un periodista por sus publicaciones relacionadas con la investigación que adelanta dicho tribunal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Consultada por la FLIP, la Corte aseguró que ‘no presentará acción judicial alguna contra periodistas’.

Después de que la Corte Suprema de Justicia llamara a indagatoria al expresidente Álvaro Uribe Vélez, el debate público se ha visto opacado por los distintos actores. Además, este tipo de situaciones tienen como efecto el de amedrentar a los medios de comunicación y periodistas interesados en cubrir el proceso contra Uribe.

El 31 de julio en rueda de prensa, el senador Iván Cepeda anunció que iba a tomar medidas penales en contra de Gustavo Rugeles y de Fernando Londoño por difundir información, en criterio de Cepeda, calumniosa. El pasado 27 de julio, El Expediente publicó una nota titulada “El Expediente revela informe de contrainteligencia sobre supuesto complot criminal contra Álvaro Uribe”. En el artículo se vincula al presidente Santos, al senador Cepeda, al General Naranjo y dos magistrados con un supuesto complot para encarcelar al expresidente Uribe.

Ese mismo día, también en rueda de prensa, el abogado de Uribe, Jaime Granados, se refirió a filtraciones de material probatorio del proceso a medios de comunicación con el fin de “maltratarlo (a Uribe) y hacerlo ver como responsable de actos que no ha cometido.”

Frente a esto, la FLIP considera que

  1. El procedimiento en contra de Uribe es un asunto del más alto interés público. Este caso debe debatirse públicamente independientemente de la opinión o parecer de las  personas involucradas en él. Entre más transparencia exista en el proceso, mayores garantías habrá para los implicados y para la ciudadanía.

  2. Tanto el procesado, como la CSJ y las demás entidades y funcionarios que tengan competencia o interés  en el asunto deben ser tolerantes a la crítica. Son los integrantes de la Corte y los congresistas quienes escogieron voluntariamente los roles públicos que representan y eso les acarrea un mayor escrutinio público y exposición. Hay un interés general sobre sus actuaciones y opiniones. Además, el derecho de la sociedad a recibir informaciones y opiniones al respecto está por encima de las posiciones de las instituciones o funcionarios parte de la presente controversia.

  3. Rechazamos que desde las autoridades se insinue o contemple la judicialización vía penal sobre las publicaciones de los medios de comunicación. El cubrimiento de este caso tiene una especial protección constitucional y anticipar como consecuencia el uso del derecho penal configuraría un mecanismo de censura indirecta.

  4. Valoramos positivamente que la CSJ confirme que no iniciará acciones judiciales. Sin embargo, los últimos hechos invitan a recordar que una situación similar se presentó años atrás. Una democracia no puede permitir que la máxima autoridad en lo penal llegue a desconocer su deber acentuado de tolerancia a la crítica y responda con acciones legales a los contenidos que le causan molestia. Una acción de este tipo condicionaría la actuación del fiscal y el juez que conocieran el caso contra el periodista. Esto representa un riesgo excesivo para la democracia.

  5. El centro del debate público sobre el caso Uribe debe ser él, las personas implicadas y las autoridades a cargo del caso, no los periodistas que están interesados en cubrir el asunto.

  6. Los custodios de la información reservada son los funcionarios. Los periodistas que reciben dicha información no deben ser objeto de señalamientos ni acciones legales.

  7. La verdad sobre este caso debe decantarse en el debate público. Las autoridades tienen como deber el de abrir espacios para esto en lugar de poner trabas para el libre flujo de opiniones e informaciones.

 

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El lunes 23 de julio los representantes de 5 embajadas con sede en Colombia, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de la Delegación en Colombia de la Unión Europea, se reunieron con miembros de la Fundación para la Libertad de Prensa y un grupo de periodistas nacionales y regionales para conocer de primera mano los detalles del incremento en las amenazas a la prensa que se denunciaron el pasado 11 de julio. 

A partir de este encuentro, 19 entidades, entre embajadas y organizaciones internacionales, expresaron su preocupación, solidaridad y respaldo a los periodistas y su trabajo por defender la libertad de expresión.

El texto completo del comunicado conjunto se puede leer aquí.

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A los periodistas de la emisora Frontera Stereo de Maicao (La Guajira) se les prohibió pronunciarse de cualquier manera sobre del alcalde del municipio, José Carlos Molina, y sobre los aspirantes a ciertos cargos de elección popular, así como hacer publicaciones negativas sobre entidades estatales (Policía Nacional, Fiscalía, etc.) y sobre algunas empresas de servicios públicos locales. Lo anterior se conoció luego de que se hiciera pública una carta del 13 de junio en la que Edwin Montiel, director artístico de la emisora, informara a Harvey Cuesta, periodista y director informativo, que tales determinaciones habían sido adoptadas por el cuerpo administrativo de la misma emisora.

En concepto de la FLIP, esta prohibición constituye censura. No es aceptable que un medio de comunicación, menos una emisora de interés público, imponga este tipo de restricciones absolutas a sus periodistas. Vetar del debate público personajes o temas que generan controversia y crítica en el municipio no sólo es una vulneración de la libertad de prensa de los periodistas, sino también del derecho de las audiencias a informarse sobre temas del mayor interés público.

La orden resulta aún más alarmante si se considera que en Macaio, un municipio con cerca de doscientos mil habitantes, sólo existen dos emisoras: Frontera, emisora de interés público asignada a la Institución Educativa Rural # 1 de Maicao (sede Limoncito), y Olímpica Estéreo, una emisora comercial dedicada principalmente al entretenimiento. En la práctica, ello llevaría a que se silenciara uno de los pocos espacios de información sobre asuntos locales en Maicao.

La FLIP se comunicó con Edwin Montiel, quien dijo que la carta no respondió a que la emisora recibiera ningún tipo de presión. Según Montiel, lo que se busca con la medida es evitar que sus periodistas se involucren en política desde la emisora, ya que las emisoras de interés público tienen prohibido por ley participar en política. Además, buscan que sus periodistas tengan un rol de mediador entre las denuncias de los ciudadanos y las entidades públicas y prestadoras de servicios públicos, más que uno que avive la discusión entre ellos.

Al responderle que no es lo mismo hacer política que informar sobre la política, Montiel reconoció que la emisora había cometido un error en los términos en los que redactó la comunicación.

Es importante resaltar que las denuncias relacionadas con las acciones de los funcionarios locales, como el alcalde Molina, o con la prestación del servicio de energía, son asuntos de interés público que han sido considerados tanto por la Corte Constitucional como por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como discursos especialmente protegidos1.

Es por esto que la FLIP hace una llamado a los directivos de Frontera Stereo para que reconozcan públicamente este error y para que levanten el veto que afecta la libre circulación de información de interés público, teniendo en cuenta su función como garante de la libertad de expresión y la responsabilidad social que le asigna la constitución. Además, pide que no se tomen medidas contra ningún periodista de la emisora, en represalia por haber hecho estas legítimas denuncias.


 

1 "Dentro del rango de tipos de discursos protegidos por la libertad de expresión en sentido estricto, el mayor grado de protección se provee al discurso político, al debate sobre asuntos de interés público, y a los discursos que constituyen un ejercicio directo e inmediato de derechos fundamentales adicionales que se vinculan necesariamente a la libertad de expresión para poder materializarse. Las expresiones de contenido político, o que contribuyen al debate abierto sobre asuntos de interés público o general, reciben –y han recibido tradicionalmente- un nivel especialmente alto de protección constitucional frente a todo tipo de regulación". (Corte Constitucional, sentencia T-391 de 2007).

 

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La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación por el incremento en el número de amenazas contra periodistas en Colombia. En los últimos seis meses, muchos reporteros que alternan sus labores con el activismo social han sido víctimas de intimidaciones.

En lo corrido de 2018 la FLIP ha registrado un aumento en el número de amenazas contra periodistas con respecto al año anterior. Mientras que para julio de 2017 la Fundación había documentado 65 casos de amenazas, en este 2018 se han reportado 89. Estas cifras acentúan una tendencia preocupante: en los últimos años se ha registrado un aumento considerable en el número de amenazas contra periodistas en Colombia. Mientras que en el año 2015 la FLIP documentó 59 casos de amenazas, en 2016 la cifra ascendió a 90 y en 2017 llegó a 129.

Esto sucede en paralelo al aumento en el número de asesinatos a líderes sociales en el país. En lo corrido del año han sido asesinados más de 100 personas en sus territorios. Varios de esos homicidios han sido crímenes contra la libertad de expresión.

La FLIP ha reportado los casos de amenaza ante la UNP. Sin embargo, en muchas ocasiones la entidad no ha sido lo suficientemente diligente para atender el riesgo al que están expuestos los reporteros. Paralelo al aumento de las amenazas, la FLIP ha registrado con preocupación el desmonte de esquemas de protección de periodistas que se encuentran amenazados y los trámites de casos en la UNP no se están haciendo acordes al nivel de urgencia de la situación.  

Casos de periodistas que requieren protección urgente del Estado

Ricardo Ruidíaz es un periodista y activista que ha enfocado sus esfuerzos en denunciar la trata de menores por parte de estructuras al margen de la ley y de visibilizar las amenazas y los asesinatos en contra de líderes sociales en la región del Magdalena Medio. A pesar de que este reportero ha denunciado diez intimidaciones contra su vida solo en el último año, el pasado 18 de junio la UNP decidió disminuir su esquema de protección, hecho que vulnera considerablemente las condiciones de seguridad del reportero.

Situación similar enfrenta la reportera Catalina Vásquez, quien desarrolla su labor periodística y de defensa de los derechos humanos en la Comuna 13 de Medellín. A pesar de que el pasado cinco de julio la FLIP solicitó a la UNP medidas de protección por trámite de emergencia para la periodista por los asesinatos de los que han sido víctimas algunas fuentes cercanas a ella en este sector de Medellín, la entidad no ha atendido al llamado de urgencia y Vásquez continúa expuesta al riesgo derivado de sus labores en el territorio.

De igual forma, la periodista Jhanuaria Gómez tuvo que desplazarse del municipio de Segovia, Antioquia, a raíz de las amenazas que estaba recibiendo por el desarrollo de su labor periodística. La reportera se dedica a investigar acciones irregulares alrededor de la actividad minera y hace pedagogía con las comunidades sobre las consecuencias que tiene para el ambiente. Actualmente la reportera se encuentra sin protección por parte de la UNP y su situación de vulnerabilidad es alta.

Otro caso preocupante es el de la periodista Laura Montoya, quien el pasado viernes 6 de julio fue víctima de amenazas a través de una llamada telefónica mientras promovía una manifestación en Mocoa, Putumayo, para rechazar el asesinato de líderes sociales. La UNP tuvo conocimiento de estos hechos y solicitó medidas de protección por trámite de emergencia para proteger a la reportera. Sin embargo, la entidad aún no ha atendido el llamado.

Es importante resaltar, adicionalmente, que en estos tres últimos casos hubo agravantes por razones de género. Gómez recibió una de las amenazas a través de su hija, Vásquez ha sido víctima de insultos y tratos denigrantes y, aunque no hay registro de violencia por razones de género en contra de Montoya, es urgente que la UNP tenga en cuenta estos factores al momento de actuar para procurar la seguridad de estas reporteras y sus familias. 

Frente a la situación crítica que enfrenta el país por el asesinato de defensores de derechos humanos y amenazas a periodistas, la FLIP expresa su preocupación por la ausencia de acciones efectivas por parte de la UNP para garantizar la protección de quienes se encuentran en riesgo. La Fundación solicita al gobierno nacional redoblar sus esfuerzos con el fin de brindar medidas efectivas para salvaguardar la vida e integridad de quienes ejercen la labor periodística.

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La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza las intimidaciones de John Ever Calderón Valencia, alcalde de Villagarzón, Putumayo, en contra del periodista Mauricio Rodríguez.  

El lunes 9 de julio durante una sesión del Concejo de Villagarzón, Putumayo, en la que se discutía la construcción de una estación de Policía, el alcalde de la ciudad fue invitado para intervenir. Cuando el primer mandatario notó la presencia de Rodríguez, manifestó públicamente: “aquí se está tejiendo un tema político. (...) el señor periodista viene hoy con una cámara, solo graba cuando los concejales atacan, cuando los concejales tocan el tema contra el alcalde (…) con el objetivo de ir a transmitir por el canal una mentira.”

Luego, Calderón agregó “como alcalde y como regulador de los medios de comunicación del municipio también vamos a tomar medidas el día de hoy con ese tema”. El martes 10 de julio en la mañana, luego de que el alcalde anunciara acciones contra el reportero, la dirigencia del Canal Villavisión decidió unilateralmente finalizar el contrato con Mauricio Rodríguez.

La FLIP rechaza las presiones ejercidas por parte del alcalde de Villagarzón, que dieron como resultado el despido de Mauricio Rodríguez del Canal Villavisión. Este tipo de acciones vulneran los estándares internacionales de libertad de prensa. No es función del alcalde dictar qué imágenes debe o no grabar un periodista ni insinuar cuál es el enfoque editorial que los medios deberían tener hacia él. Por el contrario, como funcionario público está  obligado a ser tolerante a la crítica y aceptar que la prensa está en su derecho a hacer un control fuerte de los poderes del Estado.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la CIDH ha sido enfática en declarar que los funcionarios públicos tienen la obligación de adoptar un discurso público favorable que contribuya a prevenir la violencia contra la prensa: “la obligación de garantizar los derechos de libertad de expresión y a la integridad personal requiere que los funcionarios públicos se abstengan de realizar declaraciones que expongan a periodistas y trabajadores de medios de comunicación a un mayor riesgo de actos de violencia”.

Por otro lado, la Fundación expresa su preocupación por la postura que asume el alcalde al presentarse como un “regulador de medios”. De ninguna manera está dentro de las funciones de un alcalde el regular ni controlar a los medios de comunicación. Por el contrario, sus declaraciones pueden ser entendidas como un intento de censura previa y como un ataque a la independencia que deben tener los medios de comunicación para garantizar la discusión y el disenso en las democracias.

La Fundación para la Libertad de Prensa le solicita a la Procuraduría General de la Nación que investigue las acciones de censura emprendidas por el alcalde John Ever Calderón con el fin de determinar las sanciones disciplinarias correspondientes.

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Desde el 9 de agosto de 2018, se encuentran detenidos en una estación de policía Juvenal Bolívar, periodista de Corrillos!, y Sofía Ortíz Delgado, ex trabajadora administrativa del mismo medio, cumpliendo una sanción de diez días de arresto que fue impuesta arbitrariamente por el Juzgado Trece Civil Municipal de Bucaramanga.
 
La sanción se dictó luego de que Bolívar se negara a dar cumplimiento a una sentencia de tutela que le ordenaba retirar una nota informativa de su página web, luego de un proceso plagado de irregularidades procesales: (i) el periodista nunca fue notificado del proceso, por lo que nunca tuvo oportunidad de defenderse; (ii) el juzgado tramitó la tutela sin ser competente para ello, (iii) a pesar de que el demandante no cumplió con la obligación de solicitar previamente una rectificación al medio.
 
Preocupa especialmente que se ordene una medida tan drástica como el arresto en contra de un particular, en medio de un proceso con tantas arbitrariedades. La orden de arresto de la señora Ortíz es aún más preocupante si se considera que se pretende obligarla a dar cumplimiento a la sentencia, a pesar de que ella ya no trabaja en el medio y de que cuando lo hacía estaba dedicada a funciones meramente administrativas y no editoriales.
 
Forzar al periodista a retirar de internet la nota sin ofrecerle oportunidad de presentar los testimonios, fuentes y demás documentos que apoyan su reportería no sólo es una vulneración de su libertad de expresión y su debido proceso, sino también una violación al derecho de las audiencias de enterarse de asuntos de su mayor interés. Además, la orden funciona como un mensaje disuasorio tanto para el propio periodista (quien cuenta haberse sentido tentado a abandonar su labor) como para sus colegas para que dejen de hacer cuestionamientos sobre la labor de los funcionarios y de informar sobre asuntos de interés público.

 


Jueves, 5 de julio de 2018. 03:26 pm

Sanción de arresto contra trabajadores de medio de comunicación en Bucaramanga viola la libertad de prensa

El 26 de junio de 2018, el Juzgado Trece Civil Municipal de Bucaramanga dictó una orden de arresto contra un periodista y una extrabajadora del medio de comunicación Corrillos!, violando los derechos fundamentales al debido proceso y a la libertad de prensa.

Corrillos! es un medio de comunicación digital e impreso de la ciudad de Bucaramanga que se especializa en temas públicos, políticos y electorales. En enero de este año, el medio publicó un artículo en el que contaba que Jorge Enrique Rueda, director de la Caja de Previsión Social de Bucaramanga, fue informante de la Fiscalía en el caso que la entidad adelanta contra el exalcalde Luis Francisco Bohórquez. Rueda había sido Secretario Administrativo de dicha administración. En consecuencia, Rueda interpuso una acción de tutela en contra del medio, la cual fue concedida en marzo. Sin embargo, el proceso de tutela tuvo las siguientes irregularidades procesales:

  1. El medio de comunicación nunca fue notificado de la acción de tutela en su contra, con lo cual no pudo ejercer su derecho de defensa, ni pudo impugnar a tiempo la decisión. El medio se enteró del proceso cuando éste había concluído, a través de un mensaje publicado por un tercero en Twitter.

 

  1. El juzgado tramitó la tutela a pesar de que el accionante no cumplió con la obligación de solicitar previamente la rectificación directamente al medio de comunicación. Esta solicitud es requisito de procedibilidad de la acción de tutela1.

 

  1. El juzgado tramitó la tutela a pesar de no ser competente para ello. De acuerdo a lo establecido en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, de las acciones dirigidas contra la prensa y los demás medios de comunicación serán competentes los jueces de circuito, no lo municipales.

Dadas las evidentes irregularidades procesales y dado el hecho de que Corrillos! no pudo defenderse dentro del proceso, mostrando las pruebas que justificaban lo publicado, el medio solicitó que se declara la nulidad de la sentencia. Sin embargo, la solicitud fue negada.

Ahora, el mismo juzgado que no dio a Corrillos! la oportunidad de defenderse - y que se ha negado a corregir su error - sancionó con multa y diez días de arresto al periodista Juvenal Bolívar y a Sofía Ortíz Delgado, extrabajadora del medio. Si bien la decisión es arbitraria en ambos casos, la sanción de arresto en contra de esta última resulta especialmente preocupante ya que Ortíz no trabaja actualmente para el medio y en ningún momento tuvo responsabilidad editorial alguna sobre los contenidos, ya que su trabajo era estrictamente administrativo.

Es sorprendente que un juez advierta violaciones tan graves al derecho fundamental al debido proceso y que, aún así, proceda a dictar una orden de arresto de diez días. Estas decisiones preocupan por el impacto que causan en la libertad de prensa del medio de comunicación. La sanción impuesta será ahora evaluada por el Juzgado Décimo Civil del Circuito, quien decidirá definitivamente sobre la sanción de arresto. La FLIP espera que el Juez Décimo Civil del Circuito tome una decisión que garantice el debido proceso y la libertad de prensa del medio de comunicación.


 

1Decreto 2591 de 1991. Artículo 42. Procedencia. La acción de tutela procederá contra acciones u omisiones de particulares en los siguientes casos: (...) 7. Cuando se solicite rectificación de informaciones inexactas o erróneas. En este caso se deberá anexar la transcripción de la información o la copia de la publicación y de la rectificación solicitada que no fue publicada en condiciones que aseguren la eficacia de la misma.

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