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Jueves, 07 June 2018 11:13

La condena de la Corte Interamericana por el homicidio de Nelson Carvajal: un paso a la justicia en los crímenes contra la libertad de expresión en el continente

Ayer, 6 de junio de 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos -Corte IDH- hizo pública la sentencia en la que se declara responsable al Estado de Colombia por el homicidio del periodista Nelson Carvajal Carvajal.  Es el primer caso en el que una corte internacional condena a un Estado por un homicidio motivado en razón del ejercicio periodístico de la víctima.

Nelson Carvajal fue un periodista radial colombiano que trabajó como director del noticiero ‘Momento Regional’ y de las radio-revistas ‘Mirador de la Semana’, ‘Amanecer en el Campo’ y ‘Tribuna Médica’ de la Emisora Radio Sur, en el municipio de Pitalito, Huila. Desde allí, se concentró en la investigación de asuntos de corrupción local como las irregularidades en la administración de fondos públicos y el lavado de dinero proveniente del narcotráfico. La Corte Interamericana reconoce que fueron estas denuncias las que motivaron su asesinato el 16 de abril de 1998, fecha en la que sicarios lo abordaron a la salida del colegio del que también era docente y le dispararon en 7 oportunidades.

¿Por qué Colombia es responsable internacionalmente en este caso?

La Corte reconoció el contexto de violencia generalizada existente contra los periodistas en el país, advirtiendo que, para 1998, año en el que Nelson Carvajal fue asesinado, Colombia fue catalogado como el “lugar más mortífero para la prensa en el mundo”[1]. Esta situación se ve agravada por la impunidad de las agresiones contra periodistas, según afirma la Corte IDH, “la justicia colombiana ha experimentado dificultades a la hora de investigar a los responsables”. De los 157 casos de homicidios a periodistas en Colombia, sólo ha habido condenas a autores intelectuales en 4 casos.

La Corte IDH advierte que tras 20 años desde la muerte del periodista la investigación no ha concluido y no se ha hallado a los implicados en el crimen, por lo que concluye que “el Estado es, en gran medida, responsable por la dilación extraordinaria de este asunto”. Igualmente, el Tribunal indica que Colombia es responsable por no haber desarrollado las investigaciones relacionadas con las amenazas proferidas en perjuicio de varios familiares de Nelson Carvajal Carvajal y que produjeron su exilio fuera del país.

En este sentido, el tribunal internacional concluye que la investigación inadecuada del homicidio de Nelson Carvajal constituye, en sí misma, una violación a la obligación de garantizar el derecho a la vida. Esto implica que las carencias en la investigación que perjudiquen la eficacia para establecer la causa de la muerte o identificar a los responsables podrían constituir una violación del derecho a la vida[2].

Sobre el derecho a la libertad de expresión, la Corte IDH sostiene que “una de las formas más violentas de suprimir el derecho a la libertad de expresión es a través de homicidios contra periodistas”. La Corte concluyó tanto el homicidio como la falta de investigación del mismo constituyen una violación al derecho a la libertad de expresión.

Así mismo, la Corte declaró a Colombia internacionalmente responsable como consecuencia de la falta de investigación de las múltiples amenazas que recibió la familia de Nelson luego del homicidio y que forzaron el exilio de nueve de sus integrantes. Lo anterior, aunado al profundo sufrimiento que les causó la muerte del periodista, la afectación del tejido familiar y la dilación injustificada del proceso.

¿Cuáles son las medidas de reparación ordenadas por la Corte IDH?

Como parte de la decisión, la Corte ordenó a Colombia reparar los daños infringidos a los derechos humanos del fallecido periodista y de sus familiares. Entre las medidas de reparación ordenadas por la Corte, se ordena al Estado:

  1. Continuar con las investigaciones y procesos judiciales relacionados con la muerte de Nelson Carvajal dentro de un plazo razonable.

  2. Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del caso.

  3. Se publique el resumen oficial de la sentencia en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional.

  4. Garantizar las condiciones de seguridad adecuadas para que los familiares de Nelson puedan retornar a sus lugares de residencia, si así lo desean.

  5. Remitir a la Corte los informes periódicos que envía a los organismos especializados de la OEA y de las Naciones Unidas relacionados con las medidas implementadas para la prevención y protección de las y los periodistas en Colombia.

Para la FLIP esta sentencia representa un avance en la garantía efectiva del derecho a la libertad de expresión en Latinoamérica y el Caribe, puesto que reconoce el fenómeno de la violencia contra la prensa y la impunidad generalizada en estas agresiones. Adicionalmente, desarrolla criterios que orientan la investigación, juzgamiento y sanción de los homicidios contra periodistas como medidas que deben seguir los Estados para cumplir su rol de contrarrestar la violencia contra la libertad de expresión.

Este logro no habría sido posible sin el esfuerzo de los familiares de Nelson Carvajal que no desistieron en su búsqueda de justicia durante 20 años, y gracias al liderazgo de la Sociedad Interamericana de Prensa y el Robert F. Kennedy Human Rights que litigaron el caso. La FLIP presentó -en alianza con el International Freedom of Expression Exchange- un Amicus Curiae a la Corte Interamericana solicitando la condena del Estado colombiano por su negligencia en investigar el homicidio de Nelson.

Esta sentencia debería invitar al Estado colombiano a desarrollar una política criminal robusta para hacer frente al fenómeno de la violencia contra la prensa y a que tome medidas efectivas para detener el aumento exponencial de las amenazas a periodistas que ha registrado la FLIP en los últimos 5 años. En criterio de la FLIP esto pasa por una revisión y reforma al sistema de protección actual que incorpore elementos de prevención

La FLIP continuará acompañando a la familia de Nelson Carvajal y vigilará el cumplimiento a cabalidad de la sentencia en los términos ordenados por la Corte Interamericana.

Una decisión fundamental para enfrentar las violencias contra la prensa en las Américas

Las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se convierten en un estándar de derechos humanos para los países de las américas que han suscrito la Convención Americana de Derechos Humanos. Esto quiere decir que no sólo Colombia de manera principal adquiere obligaciones para la protección de periodistas y la lucha contra la impunidad, estos estándares también deberán ser acatados por países donde persiste la violencia contra la prensa como México, Guatemala, Honduras, Paraguay y Brasil.

La FLIP confía en que este precedente sea de utilidad para el fortalecimiento de las garantías a la libertad de prensa en las américas.

 

 


 

[1]           Comité para la Protección a Periodistas, “Resúmenes por país: Colombia”, 1998, citado en el peritaje de Carlos Lauría rendido durante la audiencia pública del presente caso. Disponible en: https://cpj.org/es/2004/07/resumenes-por-pais.php

 

[2]           Cfr. Caso Baldeón García Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de abril de 2006. Serie C No. 147, párr. 97, Caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costars. Sentencia de 5 de julio de 2006. Serie C No. 150, párr. 83.