Fundación para la Libertad de Prensa - FLIP

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Han pasado cuatro años desde el secuestro y asesinato de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, equipo periodístico del diario El Comercio de Ecuador, a manos de una disidencia de las FARC. Luego de este tiempo, la deuda de verdad, justicia y reparación por parte de Ecuador y Colombia sigue intacta.

Si bien en Colombia la Fiscalía ha avanzado en la investigación y ha condenado a dos responsables de los crímenes, son pocos los avances en cuanto a verdad. Gran parte de la investigación ha estado fundamentada en las versiones —en ocasiones contradictorias— que han rendido exintegrantes del Frente Oliver Sinisterra, que no dejan claro el papel que desempeñaron las personas que participaron en los hechos y que no aclaran las condiciones en que se dio el secuestro y el homicidio del equipo periodístico

Además, el Estado se ha negado a responder las preguntas fundamentales sobre el caso: ¿cómo se desarrollaron las actividades de cooperación entre Ecuador y Colombia?, ¿por qué se negó sin mayor sustento que el cautiverio y asesinato tuvieron lugar en Colombia?, ¿por qué no se detuvieron las actividades militares del Ejército contra el Frente Oliver Sinisterra para facilitar la liberación de los periodistas?, ¿qué factores influyeron para que se frustrara la liberación de los periodistas?

En el 2021, la justicia colombiana condenó a Jesús Vargas Cuajiboy, alias Reinel, y a Gustavo Angulo Arboleda, alias Cherry, por los hechos en los que perdió la vida el equipo periodístico. Estas condenas se obtuvieron como parte de preacuerdos celebrados entre la Fiscalía y los acusados, que incluían como medida de reparación actos de reconocimiento de verdad y perdón en aras de lograr el esclarecimiento de los hechos.

Sin embargo, estos actos, lejos de otorgar una verdad para las víctimas, se convirtieron en un nuevo escenario de revictimización debido a la falta de condiciones dignas para su realización y de las contradicciones entre las distintas versiones de los hechos. Específicamente, en el caso de alias Cherry existieron contradicciones evidentes que impiden afirmar que hubo una reparación real y efectiva a las víctimas. Sin embargo, el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Tumaco avaló el trámite del preacuerdo. Por esta razón, la FLIP apeló la sentencia condenatoria ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto. 

Además, en marzo del 2021 la Fiscalía anunció como un gran avance las futuras imputaciones de cargos en contra de Jesús Alfredo Segura Arroyo, alias Roberto, y Juan Carlos Portocarrero Cortés, alias Chuky. Sin embargo, esos avances prometidos no se han materializado, ya que la audiencia de formulación de imputación no pudo realizarse porque los procesados habían recobrado su libertad, pues no se encontraba pendiente una orden de captura por este caso. Sumado a esto, el proceso contra otro de los implicados, Gustavo Alonso Ospina, alias Barbas, no ha tenido muchos avances después de que fue dejado en libertad por vencimiento de términos, más allá de que se hayan programado las audiencias de juicio. 

Así, la Fiscalía, al no aportar más pruebas y quedarse únicamente con los testimonios de los procesados, perpetúa la revictimización y no aporta al esclarecimiento de los hechos. Esto va en contra de la recomendación que hizo el Equipo de Seguimiento Especial (ESE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en las que afirmó que la investigación y el juzgamiento no puede basarse únicamente en las versiones que rindan los acusados, pues deben contar otros elementos de prueba que corroboren lo dicho por los acusados. 

En su informe, el ESE “reconoce que han sido identificados los cabecillas de la organización, no obstante sería valioso documentar la forma en que se impartieron las órdenes desde esa dirigencia y cómo se condujo el secuestro, a fin de avanzar en la reconstrucción de lo sucedido y extender las imputaciones a la mayor cantidad de delitos investigados que se hubieran cometido bajo su mando”. 

Las fallas en el proceso demuestran que no se han seguido estas recomendaciones del ESE. Si bien las medidas cautelares de la CIDH fueron clausuradas en agosto del 2020, la CIDH indicó que la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE), en el marco de sus funciones, podría realizar seguimiento de la implementación de las recomendaciones y conclusiones. Por eso, la FLIP solicita a la RELE y a la CIDH que evalúen la posibilidad de hacer seguimiento a este caso y que emitan las alertas necesarias para encontrar verdad y justicia.

También es urgente que la Fiscalía adopte las recomendaciones dadas por el ESE y actúe con diligencia en el desarrollo de la investigación, aportando pruebas y adoptando las medidas necesarias para el adecuado juzgamiento de los responsables, dentro de términos razonables y evitando la configuración de escenarios de impunidad. Finalmente, los jueces a cargo del juzgamiento deben evaluar los actos de perdón y contrastar la información declarada con las demás pruebas, para determinar su consistencia y con ello, su potencial reparador.

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Este 2 de noviembre, Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas', la FLIP llama la atención sobre el persistente contexto de violencia contra la prensa y un ambiente generalizado de impunidad en estos crímenes en Colombia. La impunidad en casos de asesinatos a periodistas en el país alcanza el 78.8%; esta cifra aumenta si se tienen en cuenta otros crímenes como las amenazas que llegan al 98% de impunidad. 

Según el informe de tendencias mundiales sobre seguridad de los periodistas de UNESCO, ha habido una disminución del 20% en el número de asesinatos a periodistas entre el 2016 y 2020, comparado con el periodo entre 2011 y 2015. Sin embargo, en Colombia esta tendencia es contraria. En los últimos cinco años fueron asesinados ocho periodistas en el país, mientras que entre el 2011 y 2015 fueron asesinados siete. Esto evidencia la violencia contra la prensa y la persistencia de los homicidios como la forma más severa de silenciamiento.

La impunidad en estos crímenes genera un ambiente de permisividad para que los violentos sigan agrediendo a la prensa sin temor a consecuencias. En Colombia, entre 1938 y 2021 han asesinado a 163 periodistas por razones vinculadas a su oficio. En el 78.8% de estos casos no se ha proferido ninguna condena a los responsables y sólo en uno de ellos, el caso de Orlando Sierra, se ha logrado una justicia plena. 

El caso más reciente se presentó el 19 de septiembre de este año. El periodista Marcos Efraín Montalvo fue asesinado en Tuluá en hechos que aún no han sido esclarecidos, pero sobre los cuales, según pudo conocer la FLIP, existen indicios suficientes para sostener que su homicidio está relacionado con las denuncias que realizaba. 

En otros crímenes contra la prensa el panorama es similar. En los últimos cinco años las amenazas han ido en aumento hasta consolidarse como la agresión más recurrente contra periodistas. Durante todo el 2020 la FLIP registró 152 amenazas, y en lo corrido del 2021 van 132. A pesar de algunos avances en las investigaciones, la Fiscalía General de la Nación mantiene el 98% de los casos de amenazas a periodistas en la impunidad.

Como lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el reciente fallo del caso de la periodista Jineth Bedoya, las amenazas no son una agresión menor, pues deben analizarse como indicadores de predictibilidad de hechos de violencia que pueden atentar de manera más grave la integridad de los y las periodistas. Además, la falta de investigación diligente y oportuna de las amenazas puede conllevar a que se cataloguen como tortura. 

A pesar de que el Estado ha implementado estrategias para avanzar en la investigación y sanción de los responsables de estos crímenes, estas han sido insuficientes y no analizan el fenómeno de la violencia de manera integral. La falta de sistemas de información unificados para obtener un diagnóstico real de la problemática, investigaciones que no exploran motivaciones de los victimarios relacionadas con el oficio periodístico, la falta de recursos físicos y de personal idóneos, largos periodos de inactividad procesal, y la ausencia de independencia de los funcionarios, son algunos de los factores que obstaculizan el acceso a la justicia y que originan las altas cifras de impunidad. 

El Estado debe cumplir la deuda histórica en la lucha contra la impunidad de los crímenes contra los y las periodistas. Solo a través del trabajo diligente de las entidades encargadas de la investigación y judicialización se podrán disminuir las cifras de ataques contra la prensa y se logrará justicia.

Las medidas de reparación ordenadas por la Corte IDH en el caso de la periodista Jineth Bedoya, constituyen una nueva oportunidad y una hoja de ruta clara para que el Estado avance en la dirección correcta para formular una política integral de prevención, protección y procuración de justicia en los crímenes contra la prensa, que resulta esencial para el fortalecimiento de una sociedad democrática. 

En 2013, la Asamblea General de las Naciones Unidas, proclamó el 2 de noviembre como Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas. El alto número de casos de violencia contra medios y periodistas, y los escasos avances judiciales sobre los mismos, justificaban la alarma internacional sobre la magnitud del fenómeno. Ocho años después, en Colombia predomina una impunidad que amedrenta a la prensa e incentiva a los violentos a atentar contra los y las periodistas.


Como parte de la conmemoración de este 2 de noviembre, realizamos un evento en Tuluá sobre los impactos y las huellas locales que dejan los crímenes contra periodistas. Esto como homenaje a la memoria de Marcos Efraín.

Así mismo, estuvimos en el primer Tribunal sobre periodistas asesinados en La Haya, organizado por FreePress Unlimited. 

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18 de octubre de 2021, Washington, D.C., Bogotá.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió histórica sentencia en el caso de la periodista Jineth Bedoya Lima contra Colombia, donde analiza por primera vez el uso de la violencia sexual como forma de silenciamiento y control en contra de una mujer periodista en el marco del conflicto armado colombiano. 

"El 18 de octubre de 2021 pasa a la historia como el día en que una lucha, que empezó por un crimen individual, llevó a la reivindicación de los derechos de miles de mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia sexual y de mujeres periodistas que dejan parte de su vida en su oficio" señaló Jineth Bedoya, periodista, víctima y sobreviviente.

En su sentencia, la Corte declaró al Estado de Colombia responsable por la violación diversos derechos  incluidos el derecho a la integridad personal, libertad personal, honra y dignidad y libertad de pensamiento y expresión de la periodista Jineth Bedoya Lima, como resultado de los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000, cuando fue interceptada secuestrada y sometida a numerosas agresiones físicas, sexuales y verbales mientras se encontraba cumpliendo labores periodísticas sobre distintos crímenes y violaciones a derechos humanos que ocurrían dentro de la cárcel la Modelo en Bogotá. 

La Corte IDH reconoció la existencia de actos de tortura que tuvieron una clara conexión con su actividad periodística y tenían como fin castigarla, intimidarla y silenciarla. La Corte dio cuenta que las agresiones en contra de la periodista, no solo vulneran su libertad de expresión en el ámbito individual, sino que tuvieron un impacto colectivo, tanto en la sociedad colombiana en su derecho a la información como en otras personas que ejercían el periodismo. Por su parte, en relación con las amenazas que Jineth Bedoya ha recibido al menos desde el año 1999, la Corte resolvió que debido a la falta de investigación estas constituyen actos de tortura.

En su sentencia, la Corte da cuenta de la existencia de indicios graves, precisos y concordantes de la participación estatal en los hechos de tortura física, sexual y psicológica en contra de la periodista. La Corte determinó que estos hechos no pudieron llevarse a cabo sin la aquiescencia y colaboración del Estado, o cuanto menos con su tolerancia. Esto es aún más grave teniendo en cuenta que Jineth investigaba precisamente delitos cometidos en un contexto de criminalidad organizada con intervención de agentes estatales dentro de la cárcel La Modelo.

Debido al grave clima de impunidad y el uso de estereotipos de género y discriminación dentro de la investigación que ha rodeado el caso de Jineth Bedoya por más de dos décadas, la Corte declaró la responsabilidad internacional de Colombia por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e igualdad ante la ley por la falta de debida diligencia en las investigaciones.

La sentencia reconoce que en la actualidad persiste en Colombia un contexto grave de amenazas, ataques y asesinatos contra líderes y lideresas sociales, así como contra defensores y defensoras de derechos humanos, dentro de los que se encuentra la categoría de periodistas. 

La Corte ordenó una serie de medidas de reparación incluyendo medidas simbólicas y garantías de no repetición a fin de reparar los daños causados a Jineth Bedoya y a la sociedad en general.

Entre las medidas de reparación ordenadas por la Corte destacamos la obligación de investigar, juzgar y sancionar a todos los responsables de los crímenes cometidos contra la periodista, particularmente tomando en cuenta que la Corte determinó que a la fecha no se ha determinado la autoría intelectual de los hechos ni de otros coautores que pudieran haber participado.

Además, la Corte ordenó al Estado de Colombia  llevar a cabo; “una política integral para la protección de los y las periodistas, la creación del “Centro Investigativo No es Hora de Callar”; el diseño e implementación de un sistema público de recopilación de datos y cifras actualizadas sobre de violencia de género y sobre amenazas y violencia contra periodistas y defensores/as de derechos humanos; y la creación de un fondo de prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia de género.

La sentencia de la Corte da cuenta de la existencia del uso sistemático de la violencia sexual contra las mujeres durante el conflicto armado colombiano y del riesgo particular que enfrentan las mujeres periodistas. Además, evidencia la existencia de una impunidad sistemática y generalizada en relación con la violencia sexual durante el conflicto.

Jineth Bedoya lleva más de 20 años buscando justicia incansablemente y se ha convertido en un símbolo y referente en la lucha contra la violencia sexual, particularmente en relación con las mujeres periodistas. Esta decisión de la Corte Interamericana es dignificante no solo para Jineth, sino que representa una esperanza para las miles de victimas de violencia sexual durante el conflicto armado colombiano.

Las organizaciones representantes del caso en el proceso internacional son el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP). 

Rueda de prensa: 

 

 

Contacto de prensa:
3103419744 - Andrea Torres Perdomo (FLIP)

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El Juzgado 19 Penal del Circuito de Bogotá condenó a Ariel Ortega Martínez a 76 meses de prisión por el delito de amenazas contra los periodistas Julio César González Quiceno (conocido como Matador), Daniel Samper Ospina y María Antonia García de la Torre. Además, a Ortega se le impuso una multa por 29.67 salarios mínimos y la inhabilitación del ejercicio de funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal. 

Entre marzo y abril del 2018, Ortega Martínez compartió en su cuenta de Twitter múltiples mensajes de amenazas de muerte, en los cuales se hacía alusión a la falta que hacían las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para callar a la prensa. Algunos de los mensajes dirigidos en contra de María Antonia García de la Torre incluían mensajes discriminatorios por género

El juzgado consideró que las declaraciones de Ortega afectaron al gremio periodístico y a la opinión pública, pues los mensajes en Twitter fueron utilizados como una herramienta de intimidación a la prensa. Para el juzgado, es reprochable que Ortega haya hecho alusión a las AUC para intimidar a periodistas y consideró que la amenaza es especialmente grave porque el Estado tiene la obligación de asegurar la libertad de expresión y, en una democracia, los periodistas ejercen este derecho de manera continua, estable y reiterada. 

La FLIP celebra la decisión adoptada por el juzgado pues se tuvo en cuenta el grave impacto que tienen las amenazas para el trabajo de una prensa libre en Colombia. Sin embargo, la impunidad en estos crímenes sigue siendo la regla general, pues el 98% de los casos de amenazas contra periodistas continúan sin esclarecer.

La FLIP advierte que perdura una situación de riesgo para el ejercicio de la labor periodística por la falta de investigación y sanción de las amenazas y otros crímenes. Esto envía un mensaje permisivo a quienes atacan a la prensa y deja inconclusa la desactivación del riesgo. 

Por lo anterior, es necesario que la Fiscalía refuerce sus técnicas de investigación y judicialización de las amenazas contra periodistas, pues este es uno de los delitos que más afecta a la prensa en Colombia, siendo cada año la principal agresión contra la prensa. 

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El 13 de agosto del 2020 una bala de fusil atravesó los campos de caña del municipio de Corinto, Cauca, hiriendo de muerte a Abelardo Liz Cuetía, un comunicador indígena. Tras un año de ocurrido, el crimen está impune y su familia sigue sin la respuesta a la pregunta: ¿Quién mató al comunicador de Nación Nasa Stereo? ¿Porqué y de donde vino la bala?

También puedes escucharlo en Google y Apple.

 

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Este 24 de abril de 2021 se cumplen treinta años del trágico asesinato del periodista Julio Daniel Chaparro y del reportero gráfico Jorge Enrique Torres. A pesar de que este homicidio fue declarado crimen de guerra, y no va a prescribir, los avances en materia de justicia han sido mínimos. 

En abril de 1991, Julio Daniel y Jorge Enrique, quienes trabajaban para El Espectador, se habían desplazado al municipio de Segovia, en Antioquia, para investigar la masacre paramilitar que había ocurrido tres años atrás y en la que más de 40 personas fueron asesinadas. Estaban construyendo una serie de crónicas llamada Lo que la violencia se llevó, en la que narraban cómo los municipios que habían sufrido masacres lograban renacer entre los escombros gracias a la voluntad de paz de sus habitantes. Mientras se encontraban en Segovia, el quinto municipio que visitaban, Julio Daniel y Jorge Enrique fueron asesinados. Según la investigación que adelanta la Fiscalía los hechos fueron ejecutados por guerrilleros del Ejército Nacional de Liberación (ELN). 

En 1994 la Fiscalía cerró la investigación en favor de Joaquín Julio Lezcano y Ramiro Alonso Madrid Lezcano, miembros del ELN y presuntos autores del crimen. Veinte años después del homicidio, la Fiscalía retomó la hipótesis de que los hermanos Lezcano sí eran autores del crimen. Sin embargo, no se podía iniciar la investigación penal pues los culpables ya habían fallecido. 

Solo hasta el 12 de marzo de 2020, la Fiscalía formuló acusación en contra Nicolás Rodríguez Bautista (alias “Gabino”), Israel Ramírez Pineda (alias “Pablo Beltrán”) y Eliécer Herlinto Chamorro (alias “Antonio García”), miembros del Comando Central del Ejército de Liberación Nacional (ELN), por el delito de homicidio agravado. 

El pasado 22 de abril, el Juzgado Promiscuo de Segovia anunció que asumirá el conocimiento del caso para la etapa de juicio contra los miembros del Comando Central del ELN. Desde la FLIP se espera que el juicio se desarrolle en el 2021. 

Uno de los puntos más preocupantes es que, a la fecha, la Fiscalía niega que el crimen contra Julio Daniel y Jorge Enrique haya tenido relación con su oficio periodístico. Es por ello que durante la investigación no se ha analizado el trabajo que desempeñaban, ni los riesgos propios de la actividad. Además, no se han desarrollado mayores investigaciones sobre la información que reposaba en la agenda de apuntes de Julio Daniel al momento de su muerte. De hecho, la Fiscalía se deshizo de la libreta y le negó a la familia la posibilidad de recuperarla. 

Por todo esto, en diciembre de 2011, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) presentó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). No obstante, esta no ha avanzado en la etapa de admisibilidad, lo cual ha implicado que hasta el momento no se haya reconocido la responsabilidad del Estado colombiano ante el incumplimiento de obligaciones internacionales en materia de justicia y reparación en este caso.

En el marco de la conmemoración de los treinta años de este lamentable crimen y, luego de diez años de haber sometido el caso ante la CIDH, la SIP y la FLIP solicitaron una reunión de trabajo con la Comisión. El objetivo es que esta le permita a la CIDH, al Estado y a las víctimas avanzar en el trámite del caso, para que así se garantice el acceso a la justicia y la reparación de las familias Chaparro y Torres, así como a la sociedad colombiana en general.

La FLIP hace un llamado a la Fiscalía para que investigue diligentemente este homicidio.Que el crimen haya sido declarado como imprescriptible no significa que la justicia se deba seguir dilatando por años. La Fiscalía debe analizar el caso a partir de la actividad periodística de Julio Daniel y Jorge Enrique, explorando distintas hipótesis de investigación relacionadas con su oficio, en este sentido la Fiscalía debió adelantar una línea de investigación frente una posible celada en contra de los periodistas. Sin esto, las familias nunca podrán encontrar la verdad de lo que les sucedió a sus familiares. 

Lamentablemente, tres décadas después la violencia se sigue llevando la voz de los periodistas en Colombia. No sólo las condiciones de seguridad para la prensa no han mejorado, sino que tampoco lo ha hecho la justicia. En la FLIP queremos conmemorar el trabajo de Julio Daniel y de Jorge Enrique para que su voz no se apague.

A continuación, podrán encontrar una línea del tiempo que ilustra los hitos más importantes en la búsqueda de justicia de las familias de Julio Daniel y Jorge Enrique. Además, podrán escuchar una cápsula de audio en la que los hijos de Julio Daniel y Jorge Enrique los recuerdan como esposo, padres y periodistas. 

Adicionalmente, este año el Festival de Literatura de Bogotá rendirá homenaje a Julio Daniel, por su extenso trabajo literario, no sólo como periodista sino también como poeta. Les invitamos a asistir a los diferentes eventos programados, que pueden consultar aquí. También les invitamos a que se unan a la conversación sobre el trabajo de Julio Daniel y la impunidad en este caso, este sábado a las 3 pm.

Cápsula de audio

 

 

Línea del tiempo

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El 16 de marzo del 2021 el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Caquetá, revirtió la condena histórica contra el sicario que asesinó al periodista Luis Antonio Peralta y a su esposa Sofía Quintero. El Tribunal redujo 13 años de la condena como resultado del desconocimiento injustificado de la relación del oficio periodístico de Peralta con su asesinato. 

Para la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), quien representa legalmente a los familiares de las víctimas, la decisión del Tribunal es un pésimo precedente de cara a los altos índices de impunidad de crímenes contra la prensa y a los múltiples procesos contra los responsables de los 161 periodistas asesinados de 1977 al 2020. 

El Tribunal desestimó la relación del oficio periodístico con el asesinato de manera contradictoria. En sus términos, “sobre las denuncias realizadas en el ejercicio de la profesión del periodista Peralta Cuellar, no existe duda para la sala, pero no es posible con ello establecer que el homicidio del recordado periodista se dio en razón de su labor pues el hecho indicador no permite establecer el hecho indicado”. Después de hacer esta afirmación el Tribunal añadió que algunas amenazas reportadas por el periodista no tenían que ver con las denuncias públicas realizadas. 

Esto revela la falta de comprensión de los elementos esenciales del caso, tal como los riesgos inherentes al ejercicio del periodismo en regiones. La FLIP reitera que para la investigación, judicialización y sanción de crímenes contra la prensa es indispensable hacer un análisis de contexto  que  permita  identificar  plenamente las dinámicas regionales y los riesgos a los que están expuestos los periodistas por su oficio, en lugar de presumir su inexistencia en un país con altos índices de violencia contra la prensa. 

Luis Antonio Peralta era un periodista crítico de la gestión pública en la región, en donde ejerció el periodismo por más de treinta años. Su trabajo estaba relacionado con las denuncias sobre irregularidades en contratación estatal, extracción de petróleo y corrupción. Su emisora Linda Stereo, de la cual fue fundador y director, fue la plataforma a través de la cual hizo públicas sus denuncias y entregó a la ciudadanía información valiosa sobre las autoridades y los funcionarios. 

El Tribunal no valoró de manera adecuada este contexto ni el riesgo que le generaba el programa en el que Peralta hacía públicas algunas denuncias en contra de la administración pública. Además, desestimó que días antes de su asesinato, el periodista había anunciado que tenía conocimiento de que un precandidato habría incurrido en actos de corrupción en el municipio del Doncello, Caquetá.

La falta de reconocimiento de los riesgos inherentes al oficio periodístico es un factor que acrecienta la impunidad de los crímenes contra la prensa . En este caso, también persiste la falta de identificación y sanción de los determinadores, quienes hoy se encuentran en libertad.

La FLIP continuará acompañando este caso, y este 19 de marzo de 2021 presentó el recurso de casación contra la decisión del Tribunal para que se reconozca la necesidad de reincorporar en la decisión el reconocimiento de la relación del oficio periodístico con el asesinato de Luis Antonio Peralta. La decisión se apartó de elementos esenciales del caso y, con ello, desconoció el rol que desempeñan las autoridades judiciales en la protección de los y las periodistas y en la garantía de que los delitos y los ataques en su contra no queden impunes. 

Por lo anterior, la FLIP le hace un llamado a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para que coadyuven el recurso y visibilicen la violencia y los riesgos a los que están expuestos los periodistas, cuya labor contribuye a la construcción de sociedades democráticas.   

 

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Este lunes 15 de marzo comenzó la audiencia pública ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el marco del proceso en el cual se determinará la responsabilidad del Estado en los hechos de amenazas, secuestro, tortura y violencia sexual que enfrentó la periodista Jineth Bedoya Lima en el año 2000. Durante la audiencia, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado colombiano, en cabeza de Camilo Gómez, señaló la presunta falta de imparcialidad de la mayoría de los jueces y de la presidenta de la Corte IDH y anunció que presentará una solicitud de recusación contra cinco de los seis jueces, debido a una supuesta falta de garantías procesales. El Estado tomó la decisión de retirarse de la audiencia y, además, la testigo ofrecida por el Estado no compareció a rendir su declaración.

Para Colombia, las preguntas y los comentarios realizados por los cuatro jueces y la jueza Elizabeth Odio Benito, presidenta de la Corte, estaban cargados de parcialidad a favor de la víctima. Ante esto, CEJIL y la FLIP,  representantes de Jineth Bedoya Lima, sostenemos que los comentarios de los magistrados fueron dignificantes y oportunos en la medida que acababan de escuchar el valiente testimonio de una sobreviviente de graves violaciones a derechos humanos, pero de ninguna manera prejuzgaron sobre la responsabilidad del Estado, tal y como alega la defensa. 

Precisamente, es facultad y deber de los jueces indagar sobre los hechos objeto del litigio, es decir, aquellos que fundamentan el caso como el contexto para comprender su alcance y las medidas que para la víctima pueden significar la reparación. En su testimonio, Jineth Bedoya contestó a preguntas relacionadas con el objeto de su declaración tal como fue aprobado por la Corte. Esto incluye: su labor periodística y las investigaciones que llevaba a cabo en la época de los hechos, el riesgo al que se encontraba expuesta, sus solicitudes de protección y la respuesta estatal ante esta situación. De igual forma, la periodista narró los hechos del 25 de mayo del 2000 y el impacto que estos tuvieron en su vida desde entonces hasta la fecha. 

En su declaración, Jineth señaló que agentes de la Policía fueron quienes le sugirieron entrevistarse en la cárcel La Modelo con jefes paramilitares, para contener el riesgo que había generado su cubrimiento periodístico. Esta entrevista fue la trampa que ocasionó su secuestro, tortura y violencia sexual. También entregó detalles de cómo los perpetradores justificaron que estas agresiones eran un escarmiento contra sus denuncias periodísticas. Además, mencionó los numerosos indicios de la responsabilidad de agentes estatales sobre los hechos, que han sido ignorados en la investigación a nivel interno. Del mismo modo, Jineth cuestionó la revictimización que debió afrontar al ser llamada doce veces a declarar sobre el ataque sexual. Esto último fue reconocido por parte del agente del Estado en la audiencia pública. 

Las organizaciones que representamos a la periodista consideramos que la actitud del Estado demuestra la desidia contra las víctimas de violencia sexual en el conflicto armado y niega espacios dignos para acceder a la justicia. El retiro del Estado de la audiencia es un acto sin precedentes, lo que genera preocupación sobre el compromiso del Estado colombiano frente al juicio por violaciones de derechos humanos y al sometimiento frente a la decisión que adopte la Corte.

Además, esta actuación hace parte de una estrategia que busca deslegitimar a la Corte IDH y significa un nuevo obstáculo en el proceso, que continúa castigando a Jineth Bedoya por hacer escuchar su voz, resultando así en un nuevo intento de silenciarla.

Los representantes de las víctimas instamos al Estado colombiano a que, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, comparezca a la audiencia programada de conformidad con lo dispuesto por la Honorable Corte. Así se contribuye a que el proceso internacional sea digno y tenga un componente reparador, independientemente del posterior fallo.

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Óscar García Calderón fue un periodista taurino del diario El Espectador. Por más de 20 años se dedicó a transmitir, a través de sus letras, la emoción que le producían las faenas en la Plaza La Santamaría de Bogotá. Hoy, después de 23 años de su asesinato, recordamos su historia.

A sus 50 años, Óscar García era conocido como un hombre noble, cálido y obstinado en sus posturas. Los toros eran su tema predilecto por lo que sabía cómo añadir un toque de alegría a sus narraciones. Así fue como su pasión por lo taurino lo llevó a investigar los nexos entre el toreo y la mafia por lavado de dinero en las ferias taurinas y la cría de ganado.

Víctima del narcotráfico, Óscar fue asesinado la noche del 22 de febrero de 1998. Hacia las siete y media de la noche, tras acabar su columna, se despidió de sus compañeros y a la salida del periódico fue abordado por desconocidos que lo hicieron subir a un taxi. Hacia las 11 de la noche fue encontrado su cuerpo sin vida y con tres impactos de bala cerca de la Fiscalía General de la Nación.

Días más tarde se confirmó que el periodista estaba pidiendo ayuda a sus colegas para contactarse con el Fiscal General y mostrarle los hallazgos de sus investigaciones. Según el Comité para la Protección para Periodistas, Óscar pensaba consignarlos en un libro. 

Han pasado más de dos décadas desde el último adiós al periodista y pese a que muchos sectores, incluida la FLIP, se movilizaron para que el caso no quedase en la impunidad, el 22 de febrero de 2018, el caso prescribió sin que nadie fuera responsabilizado por el crimen. La justicia y el Estado no mostraron avances en las investigaciones más allá de descartar que se tratara de un atraco ya que los atacantes solo le quitaron las identificaciones al periodista, dejándole sus posesiones de valor como un reloj y un anillo. 

Desde la FLIP no olvidamos. Gracias por recordar con nosotros.

 

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Los representantes de Bedoya Lima alertamos sobre la constante negligencia, falta de compromiso e irrespeto hacia la víctima por parte de la Fiscalía General de la Nación. 

El pasado 17 de diciembre, la Fiscalía General de la Nación no asistió a la reunión convocada por la Cancillería para realizar seguimiento a la implementación de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a favor de Jineth Bedoya Lima. La Fiscalía debía informar sobre los avances en las investigaciones penales por los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000 que atentaron contra la vida, integridad y libertad de expresión de la periodista. 

La entidad justificó su inasistencia en la presunta existencia de compromisos previos, lo cual resulta inadmisible pues la reunión había sido programada con más de un mes de anterioridad*. Pareciera que atender las obligaciones internacionales del caso está en el segundo orden de prioridad para la entidad.

Es muy grave que, ni siquiera de cara a las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Estado colombiano haya adoptado medidas serias y eficaces para proteger la vida y la integridad de Jineth Bedoya; y para investigar, juzgar y sancionar los hechos de los que fue víctima.

En la última reunión de seguimiento de medidas cautelares que se adelantó en junio de este año, Bedoya Lima reiteró su inconformidad sobre la falta de interés de la entidad de avanzar en su caso y recalcó su desazón frente a su inacción permanente. En esa oportunidad, se destacó la urgencia de que la entidad se pusiera al día con el recaudo de elementos de prueba —que han sido ordenados hace más de un año— y la actuación procesal de las noticias criminales en las que se registra a la beneficiaria como víctima. 

De igual manera, advertimos que la Fiscalía no ha avanzado en la investigación contra los determinadores de los crímenes de los que fue víctima la periodista. El letargo crónico de sus investigaciones contrastan con la multiplicidad de hostigamientos que ha recibido Bedoya en el último año, sin que la entidad cumpla con su función de investigar estos delitos y encauce nuevas investigaciones. 

Por lo anterior, alertamos que el Estado colombiano está en mora de adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos humanos de la periodista y cumplir las medidas ordenadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; la incapacidad de avanzar en el esclarecimiento de los hechos de los que ha sido víctima la periodista es un grave indicio de impunidad, con lo cual se envía un mensaje nefasto en un país con altísimos índices de violencia contra periodistas.  

La falta de debida investigación y sanción de crímenes contra periodistas es una constante desafortunada en Colombia que origina sin lugar a dudas la responsabilidad del Estado, y genera un mayor riesgo para ejercer la libertad de expresión y de prensa. La falta sistemática de respuesta institucional frente a los crímenes contra la prensa es un potenciador de autocensura que debe ser corregido estructuralmente.

 

*Actualización: El 22 de diciembre la FLIP recibió una solicitud de rectificación de la Cancillería indicando que "de manera oportuna, la Fiscalía General de la Nación informó sobre su inasistencia a dicha reunión con base en el dia de la Rama Judicial, dispuesto en el Decreto 2766 de 1980". Sin embargo, esta no fue la información compartida durante la reunión del 17 de diciembre. 

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