Fundación para la Libertad de Prensa - FLIP

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Hoy, 12 de diciembre se cumplen tres años de que el Equipo de Seguimiento Especial (ESE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitiera recomendaciones a los Estados de Ecuador y Colombia en el caso de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, equipo periodístico del diario El Comercio, secuestrado y asesinado en el 2018.

El ESE es el mecanismo creado por la CIDH y la Relatoría Especial de Libertad de Expresión (RELE) que marcó un hito a nivel regional, pues se constituyó como un mecanismo de seguimiento a las acciones que deben adelantar los Estados para garantizar la protección, sanción, atención y reparación integral en casos de agresiones a periodistas en zonas de frontera. 

Las organizaciones firmantes alertamos sobre el alto riesgo de impunidad en ambos Estados porque no han adelantado suficientes acciones para cumplir las recomendaciones del ESE y procurar justicia y verdad en el caso. Por esta razón, Fundamedios y la FLIP, acompañados por CPJ, RSF e IFEX - ALC, solicitan a la CIDH que realice una audiencia pública de seguimiento del ESE en el próximo periodo de sesiones en 2023. A casi cinco años del aniversario del asesinato de los tres periodistas, y por la falta de cumplimiento de las recomendaciones emitidas por el ESE, urge que la CIDH realice el seguimiento a sus propias recomendaciones, para así impedir que casos como este, de graves crímenes contra periodistas, queden en la impunidad.

La audiencia pública tiene como finalidad entregar información relevante sobre la violencia que enfrentan los y las periodistas en zonas de frontera. Esta situación requiere de una atención urgente con un enfoque preventivo, para lo cual se propone realizar seguimiento a la implementación de las recomendaciones a los Estados de Ecuador y Colombia realizadas en el Informe Final del Equipo de Seguimiento Especial por el secuestro y homicidio de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra. 

La violencia en las zonas fronterizas persiste, por lo que el seguimiento es oportuno y necesario para poder contribuir a establecer medidas preventivas. Las fronteras en los dos países se han convertido en desiertos informativos, pues la presencia de periodistas en la zona se volvió casi nula. Entre 2018 y 2022 en Ecuador se registraron 117 agresiones contra periodistas en las provincias fronterizas, mientras que en el lado colombiano se han registrado 404 agresiones en contra de periodistas.

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Algunas de las recomendaciones que hizo el ESE a Colombia y Ecuador fueron:

  • Desclasificar y entregar a las familias la información de los organismos militares de ambos países e instancias de coordinación, exclusivamente sobre las decisiones y acciones realizadas durante la fecha del secuestro y asesinato de Javier, Paúl y Efraín.
  • Examinar la información que reposa en las extracciones forenses de equipos de telefonía móvil y computación incautados en los operativos. También la información en cuanto a mensajería de WhatsApp, texto, correo e imágenes producidos en la fecha y durante el secuestro.
  • Poner en marcha de un Comité Institucional para la Protección de Periodistas, que incluya la participación de periodistas, organizaciones de la sociedad civil, medios de comunicación y familiares de las víctimas.

 

En los dos países han sido pocos los avances que se han dado en la construcción y aplicación de políticas públicas en materia de Derechos Humanos, encaminados a la prevención, protección y procuración de justicia frente a la situación de violencia que enfrentan los periodistas. Esto es de especial preocupación, si se tiene en cuenta el contexto en el que se han marcado récords históricos en cuanto a crímenes contra periodistas. 

Por parte del Estado ecuatoriano, a pesar de que se incluyó un capítulo sobre Garantías de los periodistas y los trabajadores de la comunicación en las Reformas a Ley de Comunicación; todavía existe una falta de cooperación en desclasificar la información en torno al secuestro y asesinato pese al anuncio del presidente, Guillermo Lasso, de que lo harían. A esto se suma el secretismo por parte de entidades estatales, que en reiteradas ocasiones han demostrado su falta de voluntad para cooperar con la necesidad de verdad, justicia y reparación para las víctimas y sus familiares

Por su parte, en Colombia, en el 2021 se condenó a dos implicados: Jesús Vargas Cuajiboy, alias ‘Reinel’, y Gustavo Angulo Arboleda, alias ‘Cherry’. Sin embargo, como estas condenas se obtuvieron como parte de preacuerdos celebrados entre la Fiscalía y los acusados, han sido pocos los avances en la investigación en cuanto a verdad y esclarecimiento de los motivos y los hechos. Además, los actos de reconocimiento de verdad y perdón se convirtieron en un nuevo escenario de revictimización

Firmantes:

Fundamedios

Nos Faltan Tres

Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP)

Comité para la Protección de Periodistas (CPJ)

IFEX- ALC

Reporteros Sin Fronteras (RSF)

Red Voces del Sur

Periodistas Sin Cadenas

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Bogotá, 6 de mayo de 2021. Organizaciones de derechos humanos y apoderados de los accionantes de la tutela que condujo a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 22 de septiembre de 2020 que protegió el derecho a la protesta consideramos que existe un incumplimiento sistemático, masivo y flagrante de lo ordenado por la Corte

Las violaciones de derechos humanos cometidas durante las protestas iniciadas el pasado 28 de abril evidencian que sigue existiendo y se ha hecho más grave la intervención sistemática, arbitraria y violenta de los miembros de la fuerza pública en manifestaciones públicas. 

Observamos con profunda preocupación que continúa la estigmatización frente a quienes, sin violencia, salen a las calles a cuestionar, refutar y criticar las políticas gubernamentales; continúa también el uso desproporcionado de la fuerza, el uso de armas letales y el uso inadecuado de armas potencialmente letales en medio de las protestas, las detenciones arbitrarias, las desapariciones forzadas, los tratos inhumanos, crueles y degradantes, el irrespeto a los derechos a la vida y la integridad personal y los ataques contra la libertad de expresión y de prensa.

Por estas razones, acudimos a la Corte Suprema de Justicia para que haga cumplir sus órdenes para la garantía efectiva del derecho a la protesta, el derecho a la vida, a la integridad personal y la libertad de prensa. 

Solicitamos que se declare desacato e incumplimiento de la sentencia que protegió el derecho a la protesta. Además, pedimos que se ordene suspender la asistencia militar; la disolución por la fuerza de las manifestaciones; el uso de armas de fuego; y la actuación del ESMAD. También pedimos que la fuerza pública, Procuraduría, Defensoría, la Fiscalía y el Gobierno entreguen los informes sobre los avances en las investigaciones disciplinarias y penales contra miembros de la Policía Nacional.

Aquí enlistamos todas las solicitudes: 

  1. Que la Sala Civil de la Corte inicie el trámite de cumplimiento y el incidente de desacato por el incumplimiento de las ordenes de la sentencia STC7641 de 2020. 

  2. Declarar en desacato al Presidente de la República, al Ministro de Defensa, al Director General de la Policía Nacional, al Defensor del Pueblo, a la Procuradora General de la Nación, al Fiscal General de la Nación por el incumplimiento de las órdenes segunda y quinta de la sentencia STC7641 de 2020.

  3. Prevenir al Presidente de la República, al ministro de Defensa, al director general de la Policía Nacional y a todas las autoridades de Policía del país para que en ningún caso vuelvan a incurrir en las acciones u omisiones que dieron mérito para interponer el incidente de desacato y en las acciones que se identifican en la sentencia STC7641 de 2020.

  4. Ordenar al Presidente de la República suspender las medidas de asistencia militar.

  5. Ordenar a todas las autoridades de policía, en específico a los comandantes operativos de la Policía Nacional en las manifestaciones públicas, abstenerse de disolver por la fuerza las mismas, hasta tanto se evidencie que están en capacidad de hacer un uso moderado y proporcional de la fuerza. Para ello, tendrán la obligación de aplicar estrictamente el principio de diferenciación, así como dar cumplimiento a una política criminal garante del derecho a la manifestación pública. 

  6. Ordenar a todas las autoridades de Policía, en específico a los comandantes operativos de la Policía Nacional en manifestaciones públicas, suspender el uso de armas de fuego para dar respuesta a las manifestaciones.  

  7. Suspender la actuación del ESMAD hasta tanto se evidencie que está en capacidad de hacer un uso moderado de la fuerza y de garantizar y respetar los derechos y las libertades de las personas que intervengan o no en protestas. 

  8. Solicitar a la Procuradora General de la Nación, al Defensor del Pueblo, al Fiscal General de la Nación y al Inspector General de la Policía Nacional informes completos y ampliamente justificados y públicos sobre los avances en las investigaciones disciplinarias y penales contra miembros de la Policía Nacional, especialmente en lo tendiente a la identificación de una actuación sistemática, arbitraria y violenta de la fuerza pública en manifestaciones públicas desde los hechos del 19 de noviembre del 2019. Particularmente y de manera urgente se solicitan informes de lo ocurrido desde el 28 de abril de 2021 a la fecha. 

  9. Solicitar al Defensor del Pueblo la lista de los comandantes de las unidades de la Policía Nacional que han realizado control de las manifestaciones entre el 28 de abril hasta hoy en todo el país. Solicitar a cada uno de los comandantes identificados en el punto anterior que remitan a esta Sala los informes de los que trata el artículo 42 del Decreto 003 del 2021, haciendo énfasis en las razones de hecho y de derecho que soportaron sus respectivas intervenciones, en términos de necesidad, proporcionalidad, diferenciación, prevención y razonabilidad.

  10. Solicitar al director general de la Policía Nacional las órdenes de servicio respectivas bajo las cuales se estableció la presencia de uniformados en las manifestaciones públicas desde el 28 de abril del 2021 a la fecha. Asimismo, allegar todos los anexos tácticos, operacionales y de inteligencia que justifican las respectivas órdenes.  

  11. Solicitar al comandante general de las Fuerzas Militares las órdenes de operaciones bajo las cuales se ha ordenado y configurado los términos de la asistencia militar que el Presidente de la República ordenó el pasado 1 de mayo del 2021. 

  12. Ordenar a la Procuradora General de la Nación, Fiscal General de la Nación e Inspector General de la Policía Nacional que inicien las acciones tendientes a la investigación y sanción de los hechos de violencia cometidas contra las y los manifestantes y periodistas  desde el 28 de abril de 2021 hasta la fecha. 

  13. Solicitar pruebas a todas las instituciones públicas nacionales y organizaciones no gubernamentales sobre las violaciones de derechos humanos cometidas durante las protestas desde el 28 de abril a la fecha. 

  14. Invitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que allegue la información que han recogido de las violaciones a los derechos humanos en Colombia cometidas durante las protestas desde el 28 de abril a la fecha. 

  15. Ordenar al Gobierno nacional en cabeza del Presidente para que de manera perentoria expida el acto administrativo “en el cual ordene a todos los miembros de la rama ejecutiva en el nivel nacional, mantener la neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas, incluso, si las mismas se dirigen a cuestionar las políticas del gobierno nacional…” ordenado en el ordinal quinto de la sentencia STC-7641 de 2020. 

  16. Ordenar a la Alcaldía Mayor de Bogotá y a la Personería de Bogotá remitir un informe detallado de la información de la que tengan conocimiento sobre las violaciones de derechos humanos cometidas durante las protestas desde el 28 de abril del 2021 a la fecha. 

 

Firmantes:

El Veinte
Humanidad Vigente
Coorporación Colectivo de Abogados - CCAJAR
Comité de Solidaridad con los Presos Políticos - CSPP
Comisión Colombiana de Juristas - CCJ
Centro de estudios de derecho, justicia y sociedad - Dejusticia
Fundación para la Libertad de Prensa - FLIP
dhColombia
Profes al paro

 

Contactos para prensa

Dejusticia
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Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo – CAJAR
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Fundación para la Libertad de Prensa – FLIP
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3103419744

Humanidad Vigente Corporación Jurídica
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Comisión Colombiana de Juristas – CCJ
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Comité de Solidaridad con los Presos Políticos – CSPP
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 En relación con la carta difundida en redes sociales por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y por su director Camilo Gómez, Jineth Bedoya y sus representantes se permiten manifestar lo siguiente: 

  1. Los canales escogidos por el director de la Agencia de Defensa del Estado no son los apropiados en el marco de un litigio en curso y denotan las malas prácticas de la defensa del Estado. La audiencia prevista para el día martes 16 de marzo fue suspendida como consecuencia de la solicitud de recusación del Estado. De igual modo, como corresponde en la práctica profesional ética, este tipo de comunicaciones deben ser dirigidas a través de los representantes legales de la parte.

  2. Durante la tarde de hoy, 17 de marzo, la Agencia Jurídica envió una comunicación al  correo personal de Jineth y por distintos conductos buscó forzar una respuesta inmediata. La posterior publicación de esta comunicación privada, por medio de diferentes redes sociales, constituye un acto de hostigamiento y de litigio malicioso, que desde ningún punto de vista responde a la solemnidad y la dignidad del proceso.

  3. Las tácticas de dilación en el proceso, así como la ausencia de justicia por más de veinte años es responsabilidad de la ineficacia y falta de voluntad política del Estado colombiano.

  4. Si el Estado desea aceptar su responsabilidad por las violaciones cometidas y comprometerse a la implementación de las reparaciones requeridas, debe hacerlo ante la Corte Interamericana, en el marco del proceso en curso. Para Jineth Bedoya como para sus representantes la instancia legal y legítima es la Corte IDH.

  5. Quedamos a la espera de la comunicación que la representación estatal remita a la Corte, señalando los hechos y las responsabilidades que acepta y las reparaciones a las que se allana.  

 

Jineth Bedoya Lima
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional - CEJIL
Fundación para la Libertad de Prensa - FLIP



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On Monday, March 15, the public hearing in the case of Jineth Bedoya Lima began at the Inter-American Court of Human Rights. At issue before the court is the State’s responsibility for threats against Jineth Bedoya, as well as her kidnapping, torture and rape in May 2000. During the hearing, the National Agency for Legal Defense of Colombia, represented by Camilo Gómez, alleged that the majority of the Court’s judges are not impartial in the case, and announced that it will present a request for recusal against five of the six judges due to an alleged lack of procedural guarantees. The State decided to leave the hearing, and the State’s witness did not appear to testify before the Court.

For the Colombian State, the questions and comments made by the judges, including Judge Elizabeth Odio Benito, President of the Court, revealed bias in favor of Jineth Bedoya. As her legal representatives, we, CEJIL and FLIP, state unequivocally that the comments from the judges were dignifying and appropriate, as they had just heard the courageous testimony from a survivor of grave human rights violations; the comments did not in any way prejudge the State’s responsibility in the case.  

In fact, it is the job and the obligation of judges to question witnesses about facts germane to the case—this includes context, which helps the judges to understand the scope of violations and the measures that could constitute reparation for the victim. In her testimony, Jineth Bedoya answered questions related to the object of her declaration, as pre-approved by the Court. This included: her work as a journalist and the journalistic investigations she carried out in and prior to 2000, the risks she faced as a result, her requests for protection and the State response to this situation. Likewise, she narrated the events of May 25, 2000 and the impact that these events have had on her life ever since.

In her testimony, Jineth stated that National Police officers suggested that she interview paramilitary leaders at La Modelo prison in order to mitigate the threats against her as a result of her investigative journalism. She stated that this interview was a “trap” that led to her kidnapping, torture, and rape. She also described how the perpetrators stated to her that their acts were a “lesson” or “punishment” for her journalism. She described multiple pieces of evidence of the responsibility of State agents for her kidnapping, which have been ignored in the prosecutor’s investigation; in contrast, she described how she was revictimized in the course of the investigation, being called twelve times to make statements describing the torture and rape to which she was subjected. The State’s representative recognized this revictimization at the public hearing.

As organizations that represent Jineth Bedoya, we denounce the State’s attitude in this case, which demonstrates the State’s indifference to the victims of sexual violence during Colombia’s armed conflict and denies dignified spaces for access to justice. Colombia’s decision to leave the public hearing is unprecedented and gives cause for concern about its commitment to justice for human rights violations and its eventual compliance with the decision of the Court.

Moreover, we denounce this action as part of a strategy to delegitimize the Inter-American Court and create new obstacles in this process, which continues to punish Jineth Bedoya for making her voice heard. This is a new attempt to silence her.

As legal representatives, we call on Colombia to reappear at the scheduled hearing, in compliance with its international human rights obligations and in accordance with the Court’s order. Appearance at the hearing will contribute to the dignity and redress that this international legal process can provide, regardless of the eventual content of the decision.

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Este lunes 15 de marzo comenzó la audiencia pública ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el marco del proceso en el cual se determinará la responsabilidad del Estado en los hechos de amenazas, secuestro, tortura y violencia sexual que enfrentó la periodista Jineth Bedoya Lima en el año 2000. Durante la audiencia, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado colombiano, en cabeza de Camilo Gómez, señaló la presunta falta de imparcialidad de la mayoría de los jueces y de la presidenta de la Corte IDH y anunció que presentará una solicitud de recusación contra cinco de los seis jueces, debido a una supuesta falta de garantías procesales. El Estado tomó la decisión de retirarse de la audiencia y, además, la testigo ofrecida por el Estado no compareció a rendir su declaración.

Para Colombia, las preguntas y los comentarios realizados por los cuatro jueces y la jueza Elizabeth Odio Benito, presidenta de la Corte, estaban cargados de parcialidad a favor de la víctima. Ante esto, CEJIL y la FLIP,  representantes de Jineth Bedoya Lima, sostenemos que los comentarios de los magistrados fueron dignificantes y oportunos en la medida que acababan de escuchar el valiente testimonio de una sobreviviente de graves violaciones a derechos humanos, pero de ninguna manera prejuzgaron sobre la responsabilidad del Estado, tal y como alega la defensa. 

Precisamente, es facultad y deber de los jueces indagar sobre los hechos objeto del litigio, es decir, aquellos que fundamentan el caso como el contexto para comprender su alcance y las medidas que para la víctima pueden significar la reparación. En su testimonio, Jineth Bedoya contestó a preguntas relacionadas con el objeto de su declaración tal como fue aprobado por la Corte. Esto incluye: su labor periodística y las investigaciones que llevaba a cabo en la época de los hechos, el riesgo al que se encontraba expuesta, sus solicitudes de protección y la respuesta estatal ante esta situación. De igual forma, la periodista narró los hechos del 25 de mayo del 2000 y el impacto que estos tuvieron en su vida desde entonces hasta la fecha. 

En su declaración, Jineth señaló que agentes de la Policía fueron quienes le sugirieron entrevistarse en la cárcel La Modelo con jefes paramilitares, para contener el riesgo que había generado su cubrimiento periodístico. Esta entrevista fue la trampa que ocasionó su secuestro, tortura y violencia sexual. También entregó detalles de cómo los perpetradores justificaron que estas agresiones eran un escarmiento contra sus denuncias periodísticas. Además, mencionó los numerosos indicios de la responsabilidad de agentes estatales sobre los hechos, que han sido ignorados en la investigación a nivel interno. Del mismo modo, Jineth cuestionó la revictimización que debió afrontar al ser llamada doce veces a declarar sobre el ataque sexual. Esto último fue reconocido por parte del agente del Estado en la audiencia pública. 

Las organizaciones que representamos a la periodista consideramos que la actitud del Estado demuestra la desidia contra las víctimas de violencia sexual en el conflicto armado y niega espacios dignos para acceder a la justicia. El retiro del Estado de la audiencia es un acto sin precedentes, lo que genera preocupación sobre el compromiso del Estado colombiano frente al juicio por violaciones de derechos humanos y al sometimiento frente a la decisión que adopte la Corte.

Además, esta actuación hace parte de una estrategia que busca deslegitimar a la Corte IDH y significa un nuevo obstáculo en el proceso, que continúa castigando a Jineth Bedoya por hacer escuchar su voz, resultando así en un nuevo intento de silenciarla.

Los representantes de las víctimas instamos al Estado colombiano a que, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, comparezca a la audiencia programada de conformidad con lo dispuesto por la Honorable Corte. Así se contribuye a que el proceso internacional sea digno y tenga un componente reparador, independientemente del posterior fallo.

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La Fundación para la Libertad de Prensa construyó el siguiente informe con dos objetivos principales. El primero es brindar un diagnóstico técnico a la Unidad Nacional de Protección (UNP) sobre los riesgos que enfrentan los periodistas en Colombia y poner en conocimiento algunas preocupaciones sobre la manera en la que la entidad asigna, ajusta y retira medidas de seguridad a los beneficiarios del programa. El segundo, que surge a partir de la experiencia de litigio estratégico de la Fundación, es identificar buenas prácticas a favor de la consecución de la justicia que se pudiesen replicar en la Fiscalía General de la Nación (FGN) en la investigación de casos de violencia contra periodistas. En los dos momentos se presentarán recomendaciones a las entidades.

El presente informe se divide en tres partes. En la primera se presenta un breve contexto sobre los tipos de agresiones contra la prensa que la FLIP registra. En la segunda parte, se expondrán las problemáticas identificadas por la Fundación respecto a la protección a periodistas desde la UNP y se hacen recomendaciones. En la tercera parte, se mencionarán las buenas prácticas para la investigación de casos de violencia contra la prensa.

Conozca aquí el informe completo.

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Washington, D.C. y Bogotá, 29 de enero, 2019 - Luego de casi 19 años del secuestro, tortura y violencia sexual contra la periodista Jineth Bedoya Lima, el 16 de enero de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó la aprobación de su informe de fondo en el caso que se adelanta por las violaciones a los derechos humanos sufridas por la periodista el 25 de mayo de 2000 que, hasta la fecha, permanecen en la impunidad. Sobre este particular la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) transmiten a la opinión pública lo siguiente:

1. Este informe concluye el análisis del caso ante la CIDH como primera instancia internacional en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y abre la puerta para que el Estado colombiano pueda ser juzgado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con sede en Costa Rica. En este supuesto, la evaluación por parte de la Corte sería una valiosa oportunidad para revisar el cumplimiento de las obligaciones internacionales por parte de Colombia en cuanto a la garantía de los derechos de los periodistas en Colombia y, particularmente, implicaría que por primera vez este tribunal internacional se pronuncie sobre la situación de las mujeres periodistas en contextos de conflicto armado.

2. La emisión de este informe representa un paso muy importante en la incansable lucha que la periodista Jineth Bedoya ha librado por la justicia y la verdad en su caso. El mismo también tiene el potencial de poner freno a las dinámicas de impunidad generalizada en casos de violencias contra la mujer y de restricciones de hecho a la libertad de prensa.

3. Si bien los hechos denunciados acaecieron durante gobiernos anteriores, esperamos que el gobierno actual, en representación del Estado, cumpla con lo decidido por la CIDH a fin de garantizar los derechos de Jineth Bedoya y evitar la repetición de hechos de violencia contra las mujeres y su impunidad. Recordamos así mismo que este caso tiene un enorme potencial de brindar justicia no solo a nuestra representada sino a otras víctimas de violencia basada en género en el marco del conflicto armado en Colombia.

4. Una vez la CIDH corra traslado del informe a la víctima y sus representantes, daremos respuesta a los requerimientos de la Comisión de acuerdo con la normativa interamericana, la cual requiere que presentemos nuestra posición sobre el envío a la Corte.

5. Para la FLIP y CEJIL es un honor poder acompañar a Jineth Bedoya desde el apoyo judicial en su lucha que también es nuestra. Llamamos a la comunidad internacional, que siempre ha estado acompañando el caso, a que continúe su observancia del mismo. Esperamos que la veeduría internacional de este proceso emblemático sirva para vigilar la respuesta estatal y mejor abordar los desafíos que el caso revela. 

Aquí puede leer el informe de fondo completo.

Contacto de prensa

Pedro Vaca Villarreal
Director FLIP
(1) 3406943
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Alex McAnarney
Prensa CEJIL
305 335 5665
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EL pasado 6 de diciembre se llevó a cabo una audiencia para evaluar las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a Javier Ortega, Efraín Segarra y Paúl Rivas, periodistas asesinados en abril de este año por parte de la disidencia Frente Oliver Sinisterra.

El Comité para la Protección de Periodistas (CPJ), Fundamedios y la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresan su respaldo al Equipo de Seguimiento Especial (ESE) del caso del secuestro y asesinato del equipo periodístico del diario El Comercio de Ecuador y a la CIDH por las investigaciones emprendidas. 

Sin embargo, las organizaciones rechazan los alegatos de los Estados colombiano y ecuatoriano. Los dos Estados hicieron declaraciones irresponsables que revictimizan a los familiares del equipo periodístico y que significan un retroceso en la búsqueda de justicia y verdad en este caso. En sus alegatos los Estados no aportaron avances ni evidencia relevante en las investigaciones y, por el contrario, estuvieron dirigidos a evadir responsabilidades propias.

Aquí puede leer el comunicado completo.

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