El periodista había sido denunciado penalmente por la exgobernadora y líder política de Cundinamarca, Leonor Serrano de Camargo, por un editorial publicado en 2008, titulado: ¡NO MAS!, en el que González cuestionaba la entonces candidatura de Serrano al Congreso.
El editorial criticaba las aspiraciones de los “politiqueros de siempre” y señalaba: “Nos ocupamos, sin tapujos y frenteramente, de María Leonor Serrano, que ‘otra vez’ se presenta en forma descarada y hasta amenazante, a decirle al pueblo fusagasugueño que aspira a un escaño en el Senado de la República.”
A lo largo del escrito se recuerdan algunas actuaciones de Serrano mientras fue gobernadora que, a juicio del periodista, no deben ser premiadas por los electores. El editorial termina diciendo: “Creemos que ya es hora que hagamos un alto en el camino y, por fin, pongamos fin a esta clase de gamonales que creen que Fusagasugá es un hato privado y que como tal quieren manejar a su antojo, aparándose de los intereses colectivos de la comunidad.”
Según Serrano, el artículo afectó su honra y buen nombre, y le causó graves daños morales y materiales. La juez primera penal municipal de Fusagasugá, le dio la razón en primera instancia.
Para la FLIP, esta sentencia condenatoria contradice la jurisprudencia nacional e internacional y genera un grave precedente para la libertad de expresión en Colombia. Recuerda que en una sociedad democrática como la colombiana, se deben proteger aquellas opiniones que son provocadoras y críticas, y más, si son sobre personas y actuaciones públicas. La condena de Luis Agustín González, genera un ambiente intimidatorio y de autocensura para aquellos periodistas críticos e independientes.
La juez otorgó beneficio de suspensión condicional de la pena. La defensa de González anunció que apelará la decisión.