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Monday, 07 February 2022 09:51

Pauta oficial sin presiones y con transparencia

Pauta oficial sin presiones y con transparencia Collage Gabriel Linares con ilustración de Angie Pik

La asignación de la pauta oficial se ha convertido en uno de los factores más determinantes en la autocensura. Esto se acentúa por la falta de una legislación adecuada y, al ser, en muchos casos, la mayor fuente de ingresos de los medios de comunicación. Es necesario encontrar soluciones concretas en las que participen otros actores de la sociedad civil, como universidades, periodistas y agremiaciones locales. 

La publicidad oficial es una herramienta legítima e importante para la comunicación entre los Gobiernos y la ciudadanía. Su principal objetivo es servir de puente y así informar y promover políticas públicas, obligaciones y deberes de la ciudadanía o situaciones de urgencia que se presenten. Sin embargo, la ausencia de un marco legal regulatorio claro ha desdibujado la naturaleza de estos objetivos, transformándola en un mecanismo para la autopromoción de gobernantes y de presión económica para castigar las líneas editoriales de los medios de comunicación. Así, la asignación de la publicidad oficial es, después de la violencia, el segundo factor más determinante de censura y autocensura en el periodismo colombiano. 

De acuerdo con la información recaudada por el proyecto Pauta Visible de la FLIP, entre 2016 y 2020, 75 entidades de todo el país invirtieron cerca de 860 mil millones de pesos en contratos de publicidad oficial. Se trata de una billetera con recursos públicos que tiene una influencia determinante en la economía de las empresas periodísticas generando interrogantes frente a las garantías que tienen los medios para mantener su independencia editorial. }

Aquí puede consultar la revista Páginas para la Libertad de Expresión, edición #3.

En varias regiones del país, donde la publicidad privada es mínima, los ingresos de la publicidad oficial pueden suponer el 70% o el 80% de los ingresos totales de un medio. El impacto de estos recursos en la economía de las empresas periodísticas se ha convertido en una suerte de subsidio encubierto para medios de comunicación. Por lo tanto, abordar la regulación de la pauta oficial también implica entender la necesidad de poder reemplazar esos ingresos bajo otro modelo. 

Adicionalmente, la legislación actual, que se resume en el artículo 10 del Estatuto Anticorrupción y en un decreto reglamentario del mismo, deja muchas puertas abiertas para la asignación discrecional de estos recursos, su difícil trazabilidad y, en general, una ausencia de principios protectores de la libertad de expresión que profundizan los problemas ya descritos. La FLIP ha identificado patrones y abusos en la asignación de publicidad oficial a través de diferentes investigaciones que dan luces sobre un asunto determinante para la sostenibilidad de los medios de comunicación, para la garantía del acceso a la información de la ciudadanía y, en últimas, para la libertad de expresión. 

Así, debe partirse de la base de que hay un problema ya evidente por años al que no se le ha brindado una solución concreta, ni suficiente atención desde las diferentes ramas del poder, particularmente desde el legislativo y el ejecutivo. A pesar de los intentos por instaurar buenas prácticas en algunas administraciones, hacen falta mecanismos vinculantes que atiendan la situación en todos los niveles de la administración pública en el país. Estas reformas, toda vez que tocan puntos neurálgicos del sistema de financiación mediático, se deben hacer de manera consensuada, progresiva y que integren ejercicios de socialización que cuenten con la participación de otros actores de la sociedad civil, como universidades, periodistas y agremiaciones locales. 

La pauta perdida 

  • Preponderancia de la contratación directa: la contratación directa, si bien no es ilegal, es nociva para asegurar la objetividad y transparencia de los procesos. En el 2020 la FLIP encontró que de 800 contratos celebrados entre el 2016 y 2019, en promedio entre el 50% y el 60% fueron asignados directamente. La gobernación que más recursos de publicidad oficial gastó realizó el 91% de sus contrataciones directamente. 

  • Se desdibuja el propósito de la publicidad oficial: en 2018 la FLIP y la Misión de Observación Electoral (MOE) analizaron los mensajes de publicidad oficial ordenados por diez alcaldías del país. De 2128 mensajes, 1237 (58%) tenían una intención de autopromoción. En varios casos se invierten recursos públicos en autopromoción de los mandatarios y no en información. 
  • Compra de contenidos: en el 2019 una gobernación gastó más de 350 millones de pesos en contratar a un medio de comunicación nacional para la difusión de ediciones especiales con material favorable a la administración sin rótulos de publicidad pagada. Esta práctica, conocida como content marketing, hace pasar como información lo que en realidad es propaganda.

Los países que han regulado la pauta

  • Hay ejemplos de regulación valiosos en varios países, como Canadá, Perú o España. Todos coinciden en hacer explícita la definición de publicidad oficial, sus fines, prohibiciones específicas, criterios y procedimientos para hacer efectiva la contratación pública. 

  • Canadá dispuso la creación de comités específicos que sirven como filtro para todos los procesos de contratación estatal de publicidad.

  • En España, la ley prohíbe que aparezcan personalmente voces o imágenes de funcionarios públicos de elección popular en los mensajes publicitarios del Estado. 

  • En Uruguay, se estableció la creación de la Unidad para la Asignación de Publicidad Oficial (UPAO), una instancia con tres representantes: uno del Gobierno y dos elegidos por el legislativo en función de su experiencia, calidades e independencia. En el anteproyecto la UPAO está destinada al monitoreo, control y asesoramiento de los procesos de publicidad oficial. 
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